Resolucion General Nº 038/16 – A.P.I.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2017
EmisorA.P.I.
Fecha de la disposición11 de Enero de 2017

RESOLUCION GENERAL

Nº 038/16 – A.P.I.

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”,28 DIC 2016

VISTO:

El expediente Nº 13301-0269139-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes y las disposiciones de la Resolución General Nº 19/2011 –API. y sus modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de la RG 19/2011 se creo la “Constancia de Cumplimiento Fiscal” para los contribuyentes y/o responsables que participen en compras, licitaciones, contrataciones y/o cualquier otra gestión ante el Estado Provincial;

Que por el artículo 2º de la citada resolución se implementó el servicio web a través del cual se puede obtener, vía electrónica, la mencionada “Constancia de Cumplimiento Fiscal”;

Que, posteriormente, por Decreto 3035/2014 el Poder Ejecutivo Provincial estableció que todos los agentes pagadores del Estado Provincial deberán exigir a sus acreedores, previo al pago de su acreencia, la presentación de la “Constancia de Cumplimiento Fiscal”;

Que atento a lo expuesto, resulta necesaria la actualización del Anexo I de la RG 19/2011, oportunamente aprobado, a los efectos de incorporar las modificaciones en relación a los controles impositivos que se realizan para el otorgamiento de la “Constancia de Cumplimiento Fiscal”;

Que por RG 15/2013 se modificó el artículo 5º de la RG 19/2011, incorporándose la circunstancia de que el contribuyente se encuentre calificado con “Riesgo Fiscal” como motivo para no otorgar la constancia;

Que ante la precitada modificación, se debe adecuar la redacción del artículo 2º - RG 19/2011, incorporándose nuevas obligaciones fiscales controladas a través del procedimiento de clasificación de “Riesgo Fiscal” aprobado por la RG 11/2012 –API y modificatorias;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y c.c. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica y Jurídica mediante el Dictamen Nº 703/2016 de fs. 23, sin objeciones de índole técnicas que formular,

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL

DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Modificar el artículo 2º - RG. 19/2011, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 2º - Apruébese el sistema informático denominado “SOLICITUD DE CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL” que será utilizado por los contribuyentes y/o responsables para obtener la constancia aprobada en el artículo 1º de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR