Resolucion General Nº 024/17 – A. P. I.
Fecha de publicación | 13 Septiembre 2017 |
Fecha de disposición | 13 Enero 2017 |
Sección | VII- AVISOS OFICIALES |
ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION GENERAL
Nº 024/17 – A. P. I.
SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”
07 SEP 2017
VISTO:
El expediente Nº 13301-0278672-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionado con la reglamentación para acceder a la exención del Impuesto de Sellos, concerniente a las operaciones financieras activas y sus conexas, así como las del seguro, destinadas al sector agropecuario, previstas en el inciso 38) del Artículo 236 del Código Fiscal (t.o. 2014 y sus modificatorias), y;
CONSIDERANDO:
Que las entidades financieras, aseguradoras y mutualistas se encuentran designadas para actuar como agentes de retención y/o percepción del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios, conforme a lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución General Nº 11/03 –API- y sus modificatorias;
Que el inciso 38) del Artículo 236 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias) determina la exención del Impuesto de Sellos para las operaciones financieras activas y sus conexas, así como las de seguros, realizadas por las instituciones financieras, de seguros y entidades mutualistas, en la medida que las mismas se destinen, entre otros sectores, al agropecuario;
Que por su parte, el primer párrafo del Artículo 4º de la Resolución General Nº 02/94 -API- dispone que las entidades financieras, de seguros y entidades mutualistas, deberán exigir a los sujetos pasivos, una constancia o certificación de los organismos competentes por la que acrediten estar incluidos, en este caso, en el sector agropecuario;
Que el Poder Ejecutivo Provincial, mediante el Decreto N° 1724 del año 2017, creó, en el ámbito del Ministerio de la Producción, el "Registro Único de Producciones Primarias" (RUPP), con el propósito de centralizar la documentación e información de todas aquellas personas humanas o jurídicas cuyas actividades tengan relación con la producción primaria;
Que esta Administración Provincial considera suficiente, a los fines de acreditar la condición de sujetos exentos del Impuesto de Sellos, correspondiente a las operaciones contempladas en el Inciso 38) del Artículo 236 del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias), que los contribuyentes que desarrollan actividades agropecuarias en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, se encuentren inscriptos en el Registro Único de Producciones Primarias, creado en el ámbito del Ministerio de la Producción por Decreto N° 1724/2017;
Que por tal motivo, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Recursos Naturales del Ministerio de la Producción y la Administración Provincial de Impuestos, acordaron poner a disposición de las instituciones financieras, de seguros y entidades mutualistas, en su carácter de Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto...
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