Resolucion General Nº 012/18 – A. P. I.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Abril de 2018
EmisorAdministración Provincial de Impuestos
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2018

RESOLUCION GENERAL Nº 012/18

–A. P. I.

SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”,

28 MAR 2018

VISTO:

El expediente Nº 13301-0284839-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el cual se propicia la modificación de los vencimientos del Régimen de Retenciones y Percepciones del Impuesto de Sellos, instaurado por Resolución General Nº 11/2003 – API y modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 6º de la Resolución General Nº 11/2003 se estableció que los agentes de retención y percepción del Impuesto de Sellos designados como tales en los artículos 1º y 3º de la citada resolución, deben ingresar en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. el Impuesto de Sellos y las Tasas Retributivas de Servicios, retenidos o percibidos por quincena, dentro de los 10 (diez) días corridos posteriores a cada quincena y a esos efectos la primera quincena abarca hasta el día quince (15) y la segunda desde el día dieciséis (16) hasta fin de mes;

Que por la Resolución General Nº 11/2018 – API, se modificó el artículo 16 de la Resolución General Nº 15/97 – API (t.o. s/RG 18/2014 y modificatorias) relacionado al vencimiento de agentes de retención y/o percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, estableciendo que el ingreso de los importes retenidos y/o percibidos deberá ser efectuado a los diez (10) días corridos posteriores a cada quincena;

Que esa modificación se sustentó en el dictado de la Resolución General Nº 17/2017 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18.8.77-Calendario de Vencimiento agentes de retención y percepción de Ingresos Brutos incluidos en SIRCAR-, cuyo artículo 2º estableció que, de fijarse un nuevo feriado o día no laborable que coincidiere con un día de vencimiento fijado por el calendario aprobado, dicho vencimiento operará el día hábil inmediato siguiente al mismo;

Que atento a ello y con el objeto de unificar criterios en materia de vencimientos para la totalidad de los agentes de retención y/o percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos que actúan para la provincia de Santa Fe, resulta aconsejable adecuar el artículo 6º de la Resolución General Nº 11/2003 – API y modificatorias;

Que la presente se dicta en uso de las facultades acordadas por los artículos 19, 21 y c.c. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);

Que Dirección General Técnica y Jurídica ha emitido el Dictamen Nº 091/2018 de fs. 15, no advirtiendo objeciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR