Resolución General Conjunta 5005/2021
Fecha de publicación | 07 Junio 2021 |
Sección | Resoluciones Generales |
Emisor | ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Y MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL |
Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2021
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-00592424- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus (COVID-19) como una pandemia.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, se amplió por el plazo de UN (1) año en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por Ley N° 27.541, a su vez prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto N° 167 del 11 de marzo de 2021.
Que con el objeto de preservar la salud de la población, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 del 19 de marzo de 2020, sus modificatorios y complementarios, el Poder Ejecutivo Nacional dictó las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, las que se extienden hasta el 11 de junio de 2021, inclusive, conforme lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 334 del 21 de mayo de 2021.
Que estas medidas han afectado y afectan la dinámica de la economía en su conjunto y de gran parte de las actividades productivas, y en función de ello corresponde atender las dificultades que deben afrontar los y las contribuyentes y responsables respecto del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Que en ese sentido, mediante la Resolución N° 938 del 12 de noviembre de 2020 y sus modificatorias y complementarias, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL creó el “Programa REPRO II”, destinado a sostener el empleo y la recuperación de las empresas en aquellas actividades que se encuentren afectadas por la situación generada por la pandemia del COVID-19, mediante un subsidio a la nómina salarial.
Que en virtud del agravamiento de la situación epidemiológica, se requirió la adopción de nuevas medidas de carácter sanitario, económico, social y laboral, entre otras, las cuales han impactado en aquellos sectores críticos definidos por el mencionado “Programa REPRO II”.
Que en función de ello, el Decreto N° 323 del 8 de mayo de 2021 dispuso una reducción de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), respecto de cada relación laboral activa, para los empleadores y las empleadoras que accedan al beneficio otorgado por el “Programa REPRO II” y que acrediten una situación económica y financiera vulnerable.
Que el artículo 5° del citado decreto facultó al aludido MINISTERIO...
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