Resolución General 964/2023

Fecha de publicación21 Junio 2023
SecciónResoluciones Generales
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE VALORES


Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-54805227- -APN-GFF#CNV, caratulado “PROYECTO DE RG MODIFICACIÓN DEL CAP IV TÍTULO V de las NORMAS”, lo dictaminado por la Subgerencia de Fideicomisos Financieros de Consumo, la Subgerencia de Fideicomisos Financieros de Inversión, la Gerencia de Fideicomisos Financieros, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 19, incisos g) y h), de la Ley Nº 26.831 (B.O. 28-12-2012) establece entre las atribuciones de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV), la de dictar las reglamentaciones que deberán cumplir las personas humanas y/o jurídicas y las entidades autorizadas en los términos del inciso d) de dicho artículo, desde su inscripción y hasta la baja del registro respectivo y las reglamentaciones que se deberán cumplir para la autorización de los valores negociables, instrumentos y operaciones del mercado de capitales, y hasta su baja del registro, contando con facultades para establecer las disposiciones que fueren necesarias para complementar las que surgen de las diferentes leyes y decretos aplicables a éstos.

Que, en el ejercicio de dichas atribuciones, se propicia una modificación integral al régimen general aplicable a los fideicomisos financieros con oferta pública de sus valores fiduciarios, que contiene la actualización de las regulaciones existentes, previstos en el Capítulo IV del Título V de las NORMAS (N.T 2013 y mod.).

Que en pos de satisfacer la demanda de protección del ahorrista en el mercado de capitales y el desarrollo ordenado y transparente del mismo resulta apta la adecuación de la reglamentación oportunamente dictada por el organismo, adquiriendo especial relevancia el hecho de que el fideicomiso financiero involucra el ahorro público.

Que el Código Civil y Comercial de la Nación asigna al fiduciario, figura central del instituto, deberes, atribuciones y responsabilidades, en virtud de las cuales los beneficiarios depositan en éste la confianza del logro, en los hechos, de los objetivos del fideicomiso.

Que el objetivo de la presente reforma reconoce su fundamento en la necesidad de ajustar el contenido de las NORMAS a las nuevas estructuras de mercado.

Que, entonces, la trascendencia alcanzada por las emisiones de fideicomisos financieros, por su importancia, heterogeneidad y significatividad, torna necesario, por vía normativa, instituir mecanismos más agiles a los procedimientos aplicables a las solicitudes de autorización de...

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