Resolución General 842/2020

Fecha de publicación08 Junio 2020
SecciónResoluciones Generales
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE VALORES


Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-36342474- -APN-GAL#CNV, caratulado “PROYECTO DE RG S/ AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE EEFF DE ENTIDADES SUJETAS AL CONTRALOR DE LA CNV Y EE.CC. DE INSTRUMENTOS DE INVERSIÓN Y DEMÁS AGENTES INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE CNV”, lo dictaminado por la Subgerencia de Control Contable, la Gerencia de Registro y Control, la Gerencia de Agentes y Mercados, la Gerencia de Fondos Comunes de Inversión, la Gerencia de Fideicomisos Financieros, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 (B.O. 20-3-2020) y sus prórrogas por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 325/2020 (B.O. 31-3-2020), N° 355/2020 (B.O. 11-4-2020), N° 408/2020 (B.O. 26-4-2020), N° 459/2020 (B.O. 11-5-2020) y N° 493/2020 (B.O. 25-5-2020), se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, la cual prohíbe y restringe temporalmente la circulación en la vía pública, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

Que esta disposición se adopta en el marco de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Emergencia Sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio.

Que, durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020, momento de inicio de la medida dispuesta.

Que, asimismo, deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas.

Que, en virtud de ello, mediante las Resoluciones Generales N° 832 (B.O. 07-4-2020) y N° 834 (B.O. 21-04-2020), la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV) resolvió prorrogar los plazos de presentación de los Estados Financieros de las entidades emisoras, los Fondos Comunes de Inversión Cerrados y los Fideicomisos Financieros que se encuentren en el régimen de oferta pública de valores negociables, así como los Estados Contables de los Fondos Comunes de Inversión Abiertos, de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR