Resolución General 841/2020

Fecha de publicación26 Mayo 2020
SecciónResoluciones Generales
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE VALORES


Ciudad de Buenos Aires, 25/05/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-34010819- -APN-GAL#CNV, caratulado “PROYECTO DE RESOLUCIÓN S/ DETERMINACIÓN DE PLAZO DE PERMANENCIA PARA LA LIQUIDACIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS”, lo dictaminado por la Gerencia de Estrategia, Innovación y Riesgo, la Gerencia de Agentes y Mercados y la Gerencia de Asuntos Legales, y

CONSIDERANDO:

Que a partir del dictado de los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 596/2019 (B.O. 28/08/2019) y N° 609/2019 (B.O. 01/09/2019), el PODER EJECUTIVO NACIONAL estableció un conjunto de disposiciones para regular con mayor intensidad el régimen de cambios y, de esa forma, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real.

Que, en ese marco, se establecieron ciertas reglas relacionadas con las exportaciones de bienes y servicios, con las transferencias al exterior y con el acceso al mercado de cambios, previéndose que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA dicte la reglamentación correspondiente.

Que, asimismo, se facultó al BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) para establecer reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones que persigan eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto en las medidas referidas.

Que las medidas adoptadas por PODER EJECUTIVO NACIONAL se fundan en la necesidad de adoptar decisiones extraordinarias tendientes a asegurar el normal funcionamiento de la economía, sostener el nivel de actividad y empleo y proteger a los consumidores.

Que, en el marco de la Emergencia Pública, se sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva N° 27.541 (B.O. 23/12/2019) por la cual se establecieron las condiciones para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos.

Que, mediante la Ley de Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Emitida Bajo Ley Extranjera N° 27.544 (B.O. 12/02/2020), se autorizó al Ministerio de Economía a realizar todos aquellos actos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la ley.

Que, en el marco citado primigeniamente, el BCRA, en uso de sus facultades reglamentarias, emitió, entre otras, las Comunicaciones “A” 6770, 6776, 6780, 6815 y 7001, por las cuales se fijaron restricciones al mercado de...

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