Resolución General 701-E. Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificación.

Fecha de disposición01 Agosto 2017
Fecha de publicación01 Agosto 2017
SecciónResoluciones Generales

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Resolución General 701-E/2017

Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2017

VISTO el Expediente N° 4004/2016 caratulado "PROYECTO DE RG S/ SUSPENSIÓN PERCEPCIÓN DE TASA ANUAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL" del registro de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, lo dictaminado por la Subgerencia de Asesoramiento Legal y la Gerencia General de Asuntos Jurídicos, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1.526 del 24 de diciembre de 1998, ratificado por Ley Nº 25.401, y modificado por el Decreto Nº 1.271/05, faculta a la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES a percibir tasas y aranceles así como a establecer la modalidad de integración del pago.

Que los montos y las escalas de las tasas y aranceles que la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES percibe fueron establecidos por la Resolución N° 87, de fecha 7 de febrero de 2001, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la Ley de Mercado de Capitales Nº 26.831 ha establecido como una de las fuentes de financiamiento de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, en su artículo 14 inciso b), "...los recursos por las multas que imponga, y los percibidos en concepto de tasas de fiscalización y control, aranceles de autorización y otros servicios...".

Que la Resolución N° 219, de fecha 16 de mayo de 2013, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con carácter de transitoriedad, estableció como montos y conceptos de tasas de fiscalización y control, y aranceles de autorización, así como los intereses a los que se refiere el artículo 15 de la Ley N° 26.831, los que la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES viene percibiendo, hasta tanto rija la nueva reglamentación.

Que el nuevo régimen regulatorio de la oferta pública instituido con la sanción de la Ley Nº 26.831, destinado a regular en forma integral todo lo referente a la oferta pública de valores negociables, impuso nuevas funciones a la...

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