Resolución General 5442/2023
Fecha de publicación | 03 Noviembre 2023 |
Emisor | ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2023
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2023-02348522- -AFIP-SRGEDVEDEX#SDGTLA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 576 del 4 de septiembre de 2022 se crea, de manera extraordinaria y transitoria, el Programa de Incremento Exportador destinado a los sujetos que hayan exportado en los últimos DIECIOCHO (18) meses inmediatos anteriores a la vigencia del referido decreto, las manufacturas de soja y sus derivados, con el objetivo de fortalecer las reservas del Banco Central de la República Argentina y estimular la generación de ingresos genuinos del Estado Nacional.
Que por los Decretos Nros. 787 del 27 de noviembre de 2022 y 194 del 9 de abril de 2023 se restablece el mencionado programa, en términos similares a los que previera el Decreto N° 576/22.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 443 del 4 de septiembre de 2023 y sus modificatorias, se reestablece -de manera extraordinaria y transitoria- el Programa de Incremento Exportador, destinado a los sujetos que hayan exportado en los últimos DIECIOCHO (18) meses inmediatos anteriores a la vigencia del referido Decreto Nº 443/23, las mercaderías cuyas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) figuran en el Anexo I del mencionado Decreto Nº 576/22.
Que, mediante el artículo 8º del Decreto Nº 443/23, el Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, la Administración Federal de Ingresos Públicos, el Banco Central de la República Argentina, la Secretaría de Comercio y la Comisión Nacional de Valores quedan facultados para dictar, en el marco de sus respectivas competencias, las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la efectiva aplicación de lo dispuesto en el antedicho decreto y con el fin de asegurar que las mercaderías incluidas en el beneficio dispuesto por el presente Programa se correspondan a operaciones del mismo.
Que, conforme las facultades señaladas precedentemente y sin perjuicio de las previsiones legales vigentes, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca por Resolución N° 338 del 19 de septiembre de 2023, establece que los exportadores que hayan adherido al Programa de Incremento Exportador creado mediante el Decreto N° 576/22 y reestablecido en último término por su similar N° 443/23, y que cuenten con Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) de los productos alcanzados por el citado Decreto N° 576/22, vigentes, dentro del régimen creado por la...
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