Resolución General 5359/2023

Fecha de publicación16 Mayo 2023
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2023

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2023-00299396- -AFIP-SADMDILEGI#SDGASJ del registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 95 de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 se creó un Régimen de Regularización Tributaria para que el Estado Nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, incluidos los organismos públicos nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales, puedan acceder a la condonación de las deudas tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de octubre de 2022, cualquiera sea el estado en que se encuentren.

Que a tal fin, se dispuso que los contribuyentes alcanzados deberán presentar las solicitudes de condonación ante esta Administración Federal y, de corresponder, ante el Ministerio del Interior, consignando los montos y conceptos que se pretenden regularizar, y manifestar su compromiso de regularización de su situación fiscal y de desistimiento de los procesos judiciales.

Que por consiguiente, corresponde que este Organismo establezca los requisitos, el procedimiento, los plazos y demás formalidades que deberán observar dichos sujetos a efectos de obtener el mencionado beneficio.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Servicios al Contribuyente y Sistemas y Telecomunicaciones y las Direcciones Generales Impositiva, de los Recursos de la Seguridad Social y de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

A - ALCANCE

ARTÍCULO 1°.- Los sujetos alcanzados por el beneficio de condonación de deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, en el marco del Régimen de Regularización Tributaria previsto en el artículo 95 de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, a fin de acceder al mismo, deberán observar los requisitos, el procedimiento, los plazos y demás formalidades que se establecen en la presente.

El beneficio mencionado resultará de aplicación para los sujetos a los que hace referencia el inciso a) del artículo de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, así como para los entes de similar naturaleza en el ámbito de las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios.

B - OBLIGACIONES COMPRENDIDAS

ARTÍCULO 2°.- La condonación de deudas a que se refiere el artículo anterior alcanza a las obligaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR