Resolución General 5121/2021

Fecha de publicación24 Diciembre 2021
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2021

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2021-01618214- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General N° 4.761 y sus complementarias, estableció el procedimiento a observar por los prestatarios del servicio público de transporte, alcanzados por el régimen dispuesto por el segundo artículo sin número incorporado a continuación del artículo 24 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, a fin de solicitar ante este Organismo la acreditación, devolución y/o transferencia de los saldos técnicos acumulados a su favor.

Que para hacer efectivo dicho beneficio, las solicitudes interpuestas en el marco de esa resolución general, deben necesariamente contar con la aprobación del Ministerio de Transporte, en los términos que la norma ministerial respectiva establezca.

Que a la fecha el Ministerio de Transporte ha remitido a este Organismo sólo la información correspondiente a los créditos fiscales cuyo derecho a cómputo se hubiera generado durante el año calendario 2018, en virtud de lo establecido por la Resolución N° 256 del 11 de noviembre de 2020.

Que en consecuencia procede extender hasta el día 30 de junio de 2022, inclusive, el plazo para suministrar la información adicional dispuesta por el segundo párrafo del artículo 20 de la Resolución General N° 4.761 y sus complementarias, respecto de años 2019 y siguientes.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones...

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