Resolución General 4437. Impuesto a las Ganancias. Uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica. Ley N° 26.190. Aplicación del beneficio de amortización acelerada. R.G. N° 4.101. Norma complementaria.

Fecha de disposición15 Marzo 2019
Fecha de publicación15 Marzo 2019
SecciónResoluciones Generales

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4437/2019

Impuesto a las Ganancias. Uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica. Ley N° 26.190. Aplicación del beneficio de amortización acelerada. R.G. N° 4.101. Norma complementaria.

Ciudad de Buenos Aires, 14/03/2019

VISTO la Ley N° 26.190 y su modificación, el Decreto N° 531 del 30 de marzo de 2016 y sus modificatorios, las Resoluciones N° 72 del 17 de mayo de 2016 y N° 202 del 28 de septiembre de 2016 y sus complementarias, del ex Ministerio de Energía y Minería, y la Resolución General N° 4.101, y

CONSIDERANDO:

Que la ley del VISTO sancionó el Régimen de Fomento Nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica.

Que dicha medida promueve la realización de nuevas inversiones en emprendimientos de producción en todo el territorio nacional, instituyendo un régimen de inversiones para la construcción de obras nuevas con el otorgamiento de beneficios promocionales, entre ellos, la devolución anticipada del impuesto al valor agregado y la amortización acelerada en el impuesto a la ganancias de los bienes comprendidos en el proyecto.

Que asimismo, el Capítulo II de la Ley N° 27.191 -modificatoria de su par N° 26.190- previó una segunda etapa del mencionado régimen aplicable a los contribuyentes cuyos proyectos de inversión tengan principio efectivo de ejecución entre el 1° de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2025.

Que por su parte, el Decreto N° 531/16 y sus modificatorios, reglamenta los alcances de los beneficios impositivos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR