Resolución General 4339 . Importación. Impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias. Subfacturación. R.G. N° 1.908 y sus modificatorias. Su derogación.

Fecha de disposición23 Noviembre 2018
Fecha de publicación23 Noviembre 2018
SecciónResoluciones Generales

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4339/2018

Importación. Impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias. Subfacturación. R.G. N° 1.908 y sus modificatorias. Su derogación.

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2018

VISTO la Ley N° 24.425 y las Resoluciones Generales N° 1.908 y N° 2.133 y sus respectivas modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada ley se aprueba el acta final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales; las Decisiones, Declaraciones y Entendimientos Ministeriales y el Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y sus cuatro (4) Anexos, suscriptos en Marrakech -Reino de Marruecos- el 15 de abril de 1994.

Que, en relación a ello, cabe destacar que el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 ("GATT de 1994") establece, respecto al trato nacional en materia de tributación y de reglamentación interiores, que los productos del territorio de toda parte contratante no estén sujetos, directa o indirectamente, a impuestos u otras cargas interiores, de cualquier clase que sean, superiores a los aplicados, directa o indirectamente, a los productos nacionales similares.

Que la Resolución General N° 1.908 y sus modificatorias, establece las normas para cada situación cuando se trate de destinaciones definitivas de importación para consumo cuyos valores FOB unitarios declarados sean inferiores a los valores criterios establecidos por la Dirección General de Aduanas, para las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM). Asimismo, dispone que dichas destinaciones se cursarán, en todos los casos mediante la previa constitución de garantía, conforme lo establecido por la Resolución General N° 2.133 y sus modificatorias.

Que los valores criterio de carácter preventivo de importación constituyen un instrumento para la gestión del riesgo en la valoración previsto en las directrices de la Organización Mundial de Aduanas, no obstante...

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