Resolución General 7/2012

Fecha de disposición21 Noviembre 2012
Fecha de publicación27 Noviembre 2012
SecciónResoluciones Generales

Bs. As., 21/11/2012

VISTO y CONSIDERANDO:

Que es conveniente mantener fechas de vencimiento uniformes para el pago y la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el universo de contribuyentes que lo liquidan bajo las normas del Convenio Multilateral;

Que en tal sentido, es necesario establecer el calendario de vencimientos para el año 2013.

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL

(Convenio Multilateral del 18.8.77)

RESUELVE:

Artículo 1º

— Establecer para el período fiscal 2013, las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral, detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º

— Establecer que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal 2012 operará el 28 de junio del año 2013, sin perjuicio de aplicar a partir del cuarto anticipo el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos 69 y 70 de la Resolución General Nº 2/2010.

Art. 3º

— Comunicar la presente resolución a las jurisdicciones adheridas para que dicten las normas complementarias de lo dispuesto en los artículos anteriores.

Art. 4º

— Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese. — Roberto A. Gil. — Mario A. Salinardi.

ANEXO I

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Contribuyentes del Convenio Multilateral

FECHA DE VENCIMIENTO SEGUN TERMINACION Nº INSCRIPCION

(DIGITO VERIFICADOR)

Anticipos0 a 12 a 34 a 56 a 78 a...

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