Resolución General 10/2020

Fecha de publicación18 Agosto 2020
SecciónResoluciones Generales
EmisorCOMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77


Ciudad de Buenos Aires, 12/08/2020

VISTO: el inciso g) del artículo 24 del Convenio Multilateral; y,

CONSIDERANDO:

Que los organismos de aplicación del Convenio Multilateral han implementado, en forma gradual y paulatina, la utilización de medios electrónicos para la comunicación de sus actividades.

Que la Comisión Plenaria, a través de la Resolución C.P. N.° 8/2018 aprobó el Sistema de Notificaciones por Medios Electrónicas para las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral, en la tramitación de los expedientes ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral.

Que, asimismo, esta Comisión Arbitral, a fin de disminuir el uso de papel, viene llevando a cabo un proceso de digitalización de los documentos de sus sistemas administrativos y contables, como uno de los objetivos de su plan estratégico.

Que, siguiendo con el mencionado proceso de implementación de tecnologías orientadas a facilitar la comunicación de los organismos de aplicación del Convenio Multilateral con las jurisdicciones adheridas, municipios, asociaciones reconocidas y contribuyentes, y teniendo también como finalidad apuntar a la despapelización en la tramitación de los expedientes ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral, resulta necesario aprobar la Mesa de Entradas Virtual de la Comisión Arbitral con los mismos alcances y efectos que la mesa de entradas presencial de este organismo.

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL DEL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Crease la Mesa de Entradas Virtual de la Comisión Arbitral, con los mismos alcances y efectos que la mesa de entradas presencial de dicho organismo.

ARTÍCULO 2°.- Para su funcionamiento se utilizará el sistema “SIFERE WEB Consultas”, al cual se accederá a través...

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