Resolución de Directorio N° 429/ERSP/19

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.º 429/ERSP/19
Buenos Aires, 13 de septiembre de 2019
VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210 la
Ley Nº 24.240 y modificatoria, la Ley Nº 757, el Reglamento de Procedimientos de
Reclamos de Usuarios y Sanciones por Infracciones en la Prestación de Servicios
Públicos del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 673/2016, su modificatoria
Nº 14/17, el Acta de Directorio Nº 732 del 13 de septiembre de 2019,, el Expediente N°
EX-2019-00000877-EURSPCABA, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya
prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o
por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y
consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de
las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. a) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra el de transporte público de pasajeros;
Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a), b), e), i), k) y l) de la Ley Nº 210, el Ente
tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las
leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar
las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos
prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad,
continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el
cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y
habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y
efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer
cesar dichas conductas; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el
procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de
las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios,
de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas
respetando el debido proceso;
Que, el Expediente EX-2019-00000877-EURSPCABA se inicia a raíz del Plan de
Control correspondiente al mes de diciembre de 2018,por falta de funcionamiento de
escaleras mecánicas y ascensores en las estaciones Callao (ascensor anden a Rosas,
ascensor a superficie), Pasteur (escalera mecánica de anden Alem a hall boletería,
escalera mecánica de hall boletería a anden Alem), Tronador (escalera mecánica a
salida noroeste a plazoleta A. Reyes, escalera mecánica de acceso noroeste de
plazoleta A. Reyes a hall boletería), Echeverria (escalera mecánica anden Rosas de
anden este a entrepiso este, escalera mecánica entrepiso este de anden a hall
boletería), J. M. Rosas (escalera mecánica de andén central a entrepiso Monroe),
Uruguay (ascensor anden a rosas, ascensor a superficie, ascensor anden a Alem), Los
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5730 - 29/10/2019

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