Resolución de Directorio - N° 232 - ERSP/2022, 02/12/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.° 232/ERSP/22
Buenos Aires,11 de abril de 2022
VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, el
Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nº 652/15 que rige el Servicio
de Alumbrado Público, el Reglamento de Procedimientos de Reclamos de Usuarios y
Sanciones por Infracciones en la Prestación de Servicios Públicos del Ente Único
Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por Resolución del Directorio Nº 673/2016, su modificatoria Nº 14/17, el Acta
de Directorio Nº 800 del 17 de marzo de 2022, el Expediente N° EX-2020-00004995-
EURSPCABA, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya
prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o
por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y
consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de
las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. b) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra el alumbrado público;
Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a), b), e), i), k) y l) de la Ley Nº 210, el Ente
tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las
leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar
las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos
prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad,
continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el
cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y
habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y
efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer
cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las
sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias
o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes
sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso;
Que, el IF-2020-00012630-ALyT del Área Legal y Técnica donde en el marco de Plan
de Control con deficiencia. Mantelectric ICISA Zona 1. Noviembre del 2020, se
observa dos artefactos faltantes en la calle Luzuriaga en correspondencia 1442,
piquete n° B/20/300; el día 04/11/2020, en Magallanes en correspondencia 1106,
piquete n° B/10/40 y un artefacto colgante en la calle Irala en correspondencia 1254,
piquete n° B/10/130, el día 11/11/2020;
Que, el Área Operativa de Control vía correo electrónico, efectúa el reclamo
correspondiente ante la empresa Mantelectric ICISA, el día 05/11/2020 y el día
11/11/2020;
Que, obra el AF-2020-00079395-ERSP del día 04/11/20 que se desprende un
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6513 - 02/12/2022

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