Resolución de Directorio N° 197/ERSP/21

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 197/ERSP/21
Buenos Aires, 11 de marzo de 2021
VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 210 la
Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de
Higiene Urbana N° 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Reclamos de
Usuarios y Sanciones por Infracciones en la Prestación de Servicios Públicos del Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por Resolución del Directorio N° 673/2016, el Acta del Directorio N° 772 del
11 de marzo de 2021, el Expediente N° EX-2020-00001340-EURSPCABA, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. c) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, el Art. 3° de la Ley N° 210, establece como funciones de este Ente, entre otras,
controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los
aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene,
calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el
cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y
habilitaciones; recibir y tramitar las quejas y reclamos de los usuarios en sede
administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la
jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las
sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias
o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes
sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso;
Que, el Expediente: EX-2020-00001340-EURSPCABA se inicia a raíz de un plan de
control del mes de febrero 2020, en la denominada zona 6 a cargo de la empresa
Ashira SA - Martin y Martin SA UTE;
Que, no genera dudas la calificación como servicio público y la inclusión entre las
prestaciones sujetas al control del ERSP conforme Omisión de Reparación de
Contenedores de Residuos Domiciliarios, conforme Título Tercero, Anexo IV
Prestaciones complementarias, Punto 10, Omisión de Reparación de Cestos
Papeleros, conforme Título Tercero, Anexo IV Prestaciones complementarias, Punto 9,
del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional
para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana N° 997/2013;
Que, a IFGRA-2020-00002705-AOC obra AF-2020-00016609-ERSP de fecha
14/02/20, la cual expresa que a las 14:02 Hs. en Curapaligue 712 se detectó falta de
reparación de cesto papelero. Etiqueta 26879. Obra mail notificándole la anomalía
detectada el día 14/02/20. AF-2020-00017228-ERSP de fecha 17/02/20, la cual
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6124 - 14/05/2021

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