Resolución de Directorio - N° 1554 - ERSP/2023, 14/03/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 1554/ERSP/22
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2022
VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la
Ley Nº 24.240 y modificatoria, la Ley Nº 757, el Reglamento de Procedimientos de
Reclamos de Usuarios y Sanciones por Infracciones en la Prestación de Servicios
Públicos del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 673/2016, su modificatoria
Nº 14/17, el Acta de Directorio Nº 821 del 29 de noviembre de 2022, el Expediente Nº
EX-2020-00000950-EURSPCABA, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya
prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o
por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y
consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de
las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. a) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra el de transporte público de pasajeros;
Que, el Art. 3º de la Ley Nº 210, establece como funciones de este Ente, entre otras,
controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los
aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene,
calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el
cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y
habilitaciones; recibir y tramitar las quejas y reclamos de los usuarios en sede
administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la
jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las
sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias
o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes
sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso;
Que, el Expediente Nº EX-2020-00000950-EURSPCABA se inicia a raíz del Plan de
Control correspondiente al mes de enero de 2020, por irregularidades en el
funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores en las estaciones: Congreso
(Escalera no funciona. - Ascendente Ubicación: hall boletería norte a salida noreste a
Rivadavia 1815); Plaza Miserere (Escalera no funciona. - Ascendente Ubicación:
noreste de andén norte a pasillo este y g. comercial (lado este); Escalera no funciona.
- Ascendente Ubicación: noreste de andén norte a pasillo este y g. comercial (lado
este); Primera Junta (Escalera no funciona. - Ascendente Ubicación: de andén a San
Pedrito hacia pasillo hall boletería; Escalera no funciona. - Ascendente Ubicación: de
andén a San Pedrito hacia pasillo hall boletería; Escalera no funciona. - Ascendente
Ubicación: de andén a San Pedrito hacia pasillo hall boletería); Castro Barros
(Ascensor no funciona. Ubicación: Ascensor andén San Pedrito); Acoyte (Ascensor no
funciona. Ubicación: Ascensor andén Plaza de Mayo; Ascensor no funciona.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6580 - 14/03/2023

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