Resolucion, Dirección General de Rentas, Año 2007 - Res. Nº 202

Fecha de publicación18 Abril 2007
Tipo de documentoRESOLUCION
Número de Gaceta291
SecciónSección Oficial
Miércoles 18 de Abril de 2007 BOLETIN OFICIAL PAGINA 21
b) Mantener un archivo organizado de los bienes
registrables, que permita individualizar cada bien,
el sector al que pertenece, y quién es su responsa-
ble.
c) Registrar los cambios de responsable de cada
bien.
d) Confeccionar regularmente reportes que per-
mitan obtener información de la cantidad de bienes
por sector, por tipo de bien, altas y bajas del sector,
etc.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
* Poseer secundario completo, o terciario afín a la
materia, o resultar idóneo con experiencia acreditable
en tareas similares.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DIVISIÓN AUTOMOTORES
MISIÓN:
* Seguimiento y Control de los automotores pro-
piedad del ministerio.
FUNCIONES:
a) Mantener una base de datos que permita el
seguimiento y control de los automotores.
b) Seguimiento de los responsables autorizados
a utilizar los automóviles oficiales, así como los trá-
mites que se presenten.
c) Seguimiento y Control de pólizas de seguros,
y trámites que se presenten ante la Dirección de
Seguros.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
* Tener conocimiento en mecánica general y/o li-
gera, reglas de transito y vial.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DIVISIÓN MESA DE ENTRADAS
MISIÓN:
* Asesorar y orientar a toda persona que acceda
a la Dirección de Administración del Ministerio de la Pro-
ducción y llevar el registro detallado de toda la docu-
mentación que ingresa y egresa del área.
FUNCIONES:
a) Asesorar y brindar información básica que
oriente a toda persona que se dirija al área.
b) Dar audiencia a toda persona autorizada que
requiera, información o asesoramiento técnico del
personal del área, incluyendo el Director de Admi-
nistración.
c) Llevar registro detallado que indique fecha,
número de nota, origen y destino, de toda documen-
tación que ingrese o egrese al área.
d) Distribución de toda documentación que ingre-
se y egrese al área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
* Experiencia laboral en la Administración Pública
Provincial y conocimiento de informática.
DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN TECNOLÓGICA
MISIÓN:
* Tendrá por misión planificar, coordinar y gestio-
nar las acciones y programas necesarios para transfor-
mar el actual sistema productivo, caracterizado en im-
portante medida por el bajo valor agregado de sus pro-
ductos, en un sistema que a partir de la incorporación
de Tecnología e Innovaciones, genere valor agregado
permitiendo crear riquezas que permitan la mejor cali-
dad de vida posible para chubutenses.
FUNCIONES:
* Generar una estrategia eficiente y eficaz para
lograr vincular tecnológicamente a la provincia con el
mundo adquiriendo aquellos avances útiles para la re-
gión, contribuyendo a mejorar el perfil exportador de
nuestras empresas.
* Diseñar conjuntamente con el Ministerio de Edu-
cación una Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación.
* Acompañar y generar las acciones necesarias
para el éxito de los CITA (Centros de Investigación Apli-
cada del Chubut).
* Asegurar las acciones necesarias para que efec-
tivamente se transfiera tecnología e innovación al sec-
tor productivo que genere valor agregado y contribuya a
una mayor independencia económica respecto de va-
riables exógenos relacionadas a productos primarios
exportables.
* Representar junto a productores, a la provincia
en ferias y eventos tecnológicos nacionales e interna-
cionales que sean de interés estratégico en lo que se
refiere a vinculación de Chubut con los últimos avances
tecnológicos.
Requisitos para el cargo: Poseer titulo Universitario
RESOLUCIONES
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 202/07.
Rawson, 27 de Marzo de 2007.
VISTO:
La Resolución General Nº 10/2006 y el artículo 83
de la Resolución General Nº 1/2006, (T.O Resolución
General Nº 01/2007) de la Comisión Arbitral (Convenio
Multilateral del 18/8/1977) y la Resolución Nº 384/04 y
su modificatoria de esta Dirección General; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 384/2004 DGR se
implementa un régimen de recaudación del Impuesto
sobre los Ingresos Brutos para aquellos contribuyentes
comprendidos en las normas del Convenio Multilateral,
llevado a cabo mediante el Sistema de Recaudación y
Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) apro-

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