Resolución de Contaduría Nº 1.100 Resolución de Tesorería Nº 44/08 de 23 de junio de 2008

La Plata, 23 de junio de 2008.

VISTO el Decreto - Ley 7.764/71, de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires y su Decreto Reglamentario en plena vigencia; el expediente Nº 5400-11461/08 en el cual se encuentran glosadas las actuaciones que reflejan las tareas llevadas a cabo para el ordenamiento de cuentas bancarias oficiales; y

CONSIDERANDO:

Que se ha verificado la existencia de una gran cantidad de cuentas con fecha de último movimiento de antigua data en la información provista por el Banco de la Provincia de Buenos Aires;

Que dicha información ha sido objeto de controles cruzados con las cuentas obtenida del relevamiento efectuado en los distintos Organismos;

Que las mismas se encuentran identificadas por la Dirección General de Control Contable de la Contaduría General;

Que la Dirección Provincial de Presupuesto y manifiesta no tener observaciones que formular;

Que la Subsecretaría de Hacienda comparte opinión con la Dirección Provincial de Presupuesto;

Que el Tesorero General comparte el dictado de una Resolución Conjunta con el Contador General;

Por ello,

EL CONTADOR GENERAL Y EL TESORERO GENERAL

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVEN:

ARTICULO 1º

La Dirección General de Control Contable notificará a los Directores Generales de Administración o responsables que hagan sus veces, las cuentas bancarias oficiales identificadas con fecha de último movimiento anterior al 31/12/2006.

ARTICULO 2º

Los Directores Generales o responsables mencionados en el artículo 1º, deberán notificar a los titulares y posteriormente disponer el cierre de las cuentas bancarias informadas por la Dirección General de Control Contable, transfiriendo sus respectivos saldos, de existir, a la cuenta 229/7 Rentas Generales.

ARTICULO 3º

Cumplimentado el cierre de las cuentas oficiales, los Directores Generales de Administración o responsables que hagan sus veces, enviaran un resumen detallado...

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