RESOLUCIÓN DE CONSEJO SUPERIOR Nº 16/2019
Número de registro | 399179 |
Fecha | 27 Agosto 2019 |
Emisor | CONSEJO SUPERIOR DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA |
Declaración de vigencia de la resolución de la Junta de Gobierno Nº 553/19 en territorio de competencia del Consejo Profesional de Ciencia Económicas de la Provincia de Santa Fe
VISTO:
Las atribuciones conferidas al Consejo Superior por la Ley N° 8738 (t.o) artículo 33 inc. f), la resolución CS Nº 25/18, la resolución de Junta de Gobierno N° 539/18 y la resolución JG N° 553/19 que modifica y amplia la precedente y,
CONSIDERANDO que,
La resolución CS N° 25/18 confirmo la aplicación de la resolución de Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas N° 539/18, en tanto en junio pasado el mismo órgano sancionó la resolución JG N° 553/19 por la que corrigió y amplió las opciones de aplicación establecidas en la resolución precedente.
Los motivos del acto están suficientemente explicados en el capítulo de las consideraciones de la resolución examinada y coinciden con las observaciones y aspiraciones de los profesionales en ciencias económicas a los que estaban dirigidas. Este Consejo en ejercicio de las funciones asignadas en la estructura Federativa intervino en el procedimiento de formación de la resolución objeto de la presente y sus delegados dieron oportunas noticias de las deliberaciones y alcance del acuerdo.
Lo expresado predispone a este Consejo Superior a dar favorable tratamiento a la cuestión, pues considera que la puesta en vigencia de la resolución JG N° 553/19 en el territorio de su competencia agrega prudencia y razonabilidad a la aplicación del régimen de expresión de moneda del poder adquisitivo de ciertos valores que componen los estados contables.
Por todo ello
EL CONSEJO SUPERIOR DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Declarar que rige en el ámbito de competencia territorial del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe la resolución N° 553/19 emanada de la Junta de Gobierno de la FACPCE por la que modifica la segunda parte de la resolución JG N° 539/18 con el alcance expresado en la resolución que homologa la presente.
ARTÍCULO 2°: La resolución JG N° 553/19 de la FACPCE, como anexo A es parte inescindible de esta resolución.
ARTÍCULO 3°: Registrar la presente, darla a conocer a los matriculados, comunicarlas a las a las Cámaras I y II y a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Publíquese por 1 día en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, en los medios habituales de difusión de ambas Cámaras y archívese.
$ 145 399178 Ago. 27
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RESOLUCIÓN DE CONSEJO SUPERIOR N° 13/19
ARANCELES POR LEGALIZACIONES
VISTO:
Las facultades otorgadas por la Ley 8738 (t.o.), en su artículo 33°, inc. h).
Lo dispuesto por la Ley 8738 (t.o.), en su artículo 42°, inc. c).
Lo dispuesto por la Ley 6854 (t.o.), en su artículo 31°.
Lo dispuesto por la Resolución de Consejo Superior N° 18/12.
CONSIDERANDO:
Que, corresponde al Consejo Superior fijar los valores de los aranceles que gravan las legalizaciones de trabajos o actuaciones profesionales.
Que, los aranceles por legalizaciones rigen desde Enero de 2019, fecha desde la cual se ha observado que los costos se incrementaron sistemáticamente como consecuencia del proceso inflacionario, provocando un importante aumento de los costos de funcionamiento y de prestación de los servicios.
Que las proyecciones inflacionarias para el año 2019 permiten estimar que los costos de funcionamiento y prestación de servicios, continuarán incrementándose en forma acelerada mes a mes, por encima de las proyecciones presupuestarias realizadas.
Que dichos costos así como las inversiones necesarias para sostener los servicios conforme a la ley se deben financiar con los recursos provenientes de los aranceles por legalizaciones.
Que, el Consejo Superior ha recibido un examen técnico de los costos e inversiones de la hacienda que administra y de los valores proyectados para asignar a las tarifas arancelarias.
Que, analizadas las conclusiones, resulta necesario actualizar moderadamente los valores de los aranceles por legalizaciones conforme al cuadro que se expone en la parte dispositiva.
Por ello
EL CONSEJO SUPERIOR DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Aranceles Generales Establecer para cada uno de los tipos de trabajos o actuaciones profesionales que se detallan a continuación los siguientes aranceles:
ARTÍCULO 2°: Aranceles para casos especiales Establecer para casos especiales los siguientes aranceles:
a) Auditoria Permanente - Estados Contables de periodos intermedios
Por informes de Balances Trimestrales previos al balance de cierre anual del ejercicio se aplicarán un arancel equivalente al 10% del valor del Módulo que corresponda. En ningún caso la cuantía que resulte será inferior al valor del Módulo mínimo establecido para Balances anuales en la misma tabla. Al arancel así...
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