Resolución de Consejo Superior Nº 04/2017

Fecha de Entrada en Vigor25 de Julio de 2017
EmisorConsejo Profesional de Ciencias Economicas
Fecha de la disposición24 de Enero de 2017

CONSEJO PROFESIONAL

DE CIENCIAS ECONÓMICAS

RESOLUCIÓN DE CONSEJO SUPERIOR Nº 04/2017

CERTIFICACIÓN LITERAL DE ESTADOS CONTABLES

VISTO

Lo dispuesto por los artículos 17 (inc. a. 11) y 33 (inciso f) de la Ley Nº 8738 (t.o).

La Resolución de Consejo Superior Nº 12/2013 que ratifica y pone en vigencia en jurisdicción de la provincia de Santa Fe la Resolución Técnica Nº 37 “Normas de Auditoria, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificación y Servicios Relacionados”.

Las Resoluciones de Consejo Superior Nº 19/2006 y Nº 22/2014 que establecen la Certificación Literal en el ámbito de esta jurisdicción.

CONSIDERANDO

Que es atribución del Consejo Superior adoptar las disposiciones que estime necesarias para el mejor desempeño profesional adaptando las modalidades del servicio a requerimientos del comitente y de los diferentes ámbitos destinatarios de la labor del Contador Público.

Que resulta apropiado instrumentar el servicio de Certificación Literal de Estados Contables, caracterizado por una comprobación de los registros del diente como fuente de los Estados Contables.

Que dada la existencia de diferentes modelos de Certificación Literal emanados de los distintos cuerpos normativos hoy vigentes, basándose en un criterio de prudente administración y mejor ordenamiento de disposiciones para el ejercicio profesional, se hace necesario aclarar la aplicación y utilización de los mismos según la temporalidad de los encargos.

Por ello,

EL CONSEJO PROFESIONAL DE

CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE

Artículo 1°

Establecer que para todos los ejercidos iniciados a partir del 01.07.2014 rige la Certificación Literal dispuesta por la Resolución Técnica N° 37 y sus correspondientes parámetros, lineamientos y modelos de presentación; manteniendo la aplicación de la Resolución CS N° 19/2006 para ejercicios iniciados con anterioridad a esa fecha y exclusivamente...

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