Resolucion de Consejo Superior N° 24/2016 Bonificacion Extraordinaria de Pago Unico

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 2017
EmisorConsejo Profesional de Ciencias Economicas de la Provincia de Santa Fe
Fecha de la disposición12 de Marzo de 2017

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESOLUCION DE CONSEJO SUPERIOR N° 24/2016

BONIFICACION EXTRAORDINARIA DE PAGO UNICO

VISTO

Lo dispuesto en la Ley de la Provincia de Santa Fe Nº 11085 (t.o).

CONSIDERANDO

Que la medida que por la presente se dispone se funda en las facultades que el artículo 15, inciso f), de la Ley Nº 11085 (t.o) otorga al Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.

Que se ha recibido una propuesta del Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para otorgar una bonificación de pago único para los actuales jubilados y pensionados.

Que los estudios técnicos realizados permiten concluir que se cuenta con los recursos suficientes para el financiamiento de la bonificación con tales características sin perturbar el normal cumplimiento de las obligaciones de la Caja.

Por ello,

EL CONSEJO PROFESIONAL

DE CIENCIAS ECONÓMICAS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE

Artículo 1°

Otórgase una bonificación de pago único a favor de quienes a la fecha de la presente sean beneficiarios de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe como titulares de prestación ordinaria, reducida temporal, por edad avanzada, por invalidez o por pensión.

Artículo 2°

La bonificación referida en el artículo anterior se abonará según los siguientes montos:

  1. Prestaciones Ordinarias, por Invalidez y por Incapacidad Total y Transitoria, con haberes básicos de ochenta (80) módulos: pesos tres mil quinientos ($ 3.500) de bonificación.

  2. Prestaciones por Edad Avanzada con haberes básicos de cuarenta (40) módulos: pesos mi! setecientos cincuenta ($ 1.750) de bonificación.

  3. Prestaciones por Pensión con haberes básicos de sesenta (60) módulos: pesos dos mil seiscientos veinticinco ($ 2.625) de bonificación.

  4. Prestaciones por Pensión con haberes básicos de treinta (30) módulos: pesos mil trescientos doce con 50/100 ($ 1.312,50.) de bonificación.

Para las prestaciones otorgadas con haberes básicos de montos diferentes a los antes indicados se abonará una...

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