Resolución - Conjunta N° 1 - SSFPFC/2023, 25/07/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 1/SSFPFC/23
Buenos Aires, 15 de junio de 2023
VISTO: La Ley N° 6292 (texto consolidado Ley N° 6588) , los Decretos N° 463/19 y
modificatorios, el Decreto N° 106/05, el Decreto N° 1945/05, y Resolución N° 841-
MDHYHGC/20, el EX-2023-21426927- -GCABA-SSFPFC y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que el Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, de
conformidad con las facultades y responsabilidades que le confiere dicha norma y
contemplando en su artículo 2° al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, por su artículo 23, se establecen los objetivos de gestión del mencionado
Ministerio, entre ellos, el diseño e implementación de políticas, planes y programas
para la promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales,
culturales, comunitarios, humanos y los derechos de incidencia colectiva en general,
integrando otros organismos estatales y organizaciones de la sociedad civil; el diseño
e implementación de políticas públicas destinadas a la población en situación de
vulnerabilidad social, la juventud, la niñez y de género;
Que por Decreto Nº 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánica funcional
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la
Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata y a la Subsecretaría de
Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario, ambas bajo la órbita del Ministerio
de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que, entre las responsabilidades primarias de la Secretaría de Inclusión Social y
Atención Inmediata se establecen las de:“...Asistir al Ministerio en el diseño e
implementación de políticas para las personas en situación de vulnerabilidad en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Definir, diseñar e impulsar la implementación de
políticas sociales inclusivas e integrales a través de programas que den respuesta a
las problemáticas de emergencia habitacional, tendientes a fortalecer los hogares y el
desarrollo socioeconómico de los sectores más vulnerables de la población. Formular
y coordinar planes y programas que contribuyan a la participación social y a la
construcción de ciudadanía, priorizando la pluralidad, la inclusión y el fortalecimiento
de las personas”;
Que, asimismo, bajo la dependencia de la mencionada Secretaría se contempla a la
Dirección General Atención Integral Inmediata, entre cuyas responsabilidades
primarias se encuentran las de: “Planificar, implementar y monitorear programas de
detección, prevención, información, atención, asistencia, derivación y orientación en
casos de emergencia social y de personas en situación de riesgo, abandono o
vulnerabilidad en el área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo asistida por
la Gerencia Operativa Buenos Aires Presente (BAP) en lo que se refiere a la
implementación de herramientas operativas y administrativas para optimizar la
respuesta asistencial inmediata, orientar y asistir a la población en situación de
vulnerabilidad, entre otras acciones”;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6668 - 25/07/2023

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