Resolución Conjunta Nº 1/2014

Fecha de disposición23 Mayo 2014
Fecha de publicación30 Mayo 2014
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta32895



COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO DE LA PLATA

y

COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO

Resolución Conjunta Nº 1/2014

Norma estableciendo la captura total permisible para la especie corvina (Micropogonias furnieri) para el año 2014 en el área del Tratado.

Montevideo, 23/5/2014

VISTO:

El estado del recurso corvina (Micropogonias furnieri) y la necesidad de adoptar medidas relativas a su conservación y racional explotación en aguas bajo jurisdicción del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

CONSIDERANDO:

1) Que el Tratado otorga a las Comisiones los cometidos de realizar estudios y coordinar planes y medidas relativas a la conservación y racional explotación de las especies en las aguas de interés común, bajo su jurisdicción.

2) Que ambas Comisiones han coordinado por Resolución Conjunta Nº 2/2006 la forma de llevar a cabo los cometidos indicados en el numeral 1).

3) Que se encomendó al Grupo de Trabajo de Recursos Costeros la tarea de sugerir una captura biológicamente aceptable para el año en curso.

4) Que ante eventos que pudieren impactar sobre el desarrollo de la pesquería, es menester prever una reserva administrativa.

ATENTO:

A lo establecido en los Artículos 54, 55, 66 incisos a) y b), 80 y 82 incisos a), b), c) y d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISION ADMINISTRADORA

DEL RIO DE LA PLATA

Y

LA COMISION TECNICA MIXTA

DEL FRENTE MARITIMO

RESUELVEN:

ARTICULO 1°

— Fijar una captura total permisible (CTP) para la especie corvina (Micropogonias furnieri) de 40.000 toneladas en el área geográfica del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo para el año 2014.

ARTICULO 2°

— Las Comisiones, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 1°, fijan una reserva adicional de hasta el 10% de la CTP, de la que podrá disponerse mediante Resolución fundada.

ARTICULO 3°

— Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.

ARTICULO 4°

— Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República...

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