Resolución Conjunta General 3999 y 9.
Emisor | Administracion Federal de Ingresos Publicos |
Fecha de la disposición | 24 de Febrero de 2017 |
Resolución Conjunta General 3999 y 9/2017
Buenos Aires, 23/02/2017
VISTO la Resolución General N° 3.873, sus modificatorias y complementarias de la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Resolución Conjunta General N° 3.955 de la citada Administración Federal y N° 427/2016 del Ministerio de Agroindustria, y
CONSIDERANDO:
Que el Título I de la Resolución General N° 3.873, sus modificatorias y complementarias de la Administración Federal de Ingresos Públicos creó el "Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas", en el cual podrán inscribirse voluntariamente los sujetos que desarrollen cualquiera de las actividades que se identifican en el Artículo 2º de la referida norma o que, en general, operen en la compraventa, tenencia y/o traslado de hacienda bovina y/o bubalina o su faenamiento.
Que asimismo, la citada resolución general estableció que las operaciones de faena y comercialización de animales, carnes y cueros de las especies bovina y bubalina quedan sujetas a los regímenes de percepción, pago a cuenta y retención del impuesto al valor agregado, que se disponen en el Título II, Capítulos I, II y III, de la misma.
Que el registro mencionado es el resultado de una labor de colaboración que la Administración Federal de Ingresos Públicos viene realizando con otros organismos nacionales, como el Ministerio de Agroindustria de la Nación y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), a partir de la cual se acordó la mutua cooperación entre los mismos especificando, entre otros aspectos, el diseño y puesta en marcha de los sistemas de información, el intercambio de datos específicos para la selección de casos a controlar, el suministro de información que permita detectar posibles operadores marginales y la participación conjunta en las inspecciones que se realicen frente a situaciones puntuales, dentro de la especificidad de sus respectivas competencias.
Que el Decreto Nacional N° 1.145 del 3 de noviembre de 2016 creó la Subsecretaría de Control Comercial Agropecuario del Ministerio de Agroindustria, encontrándose entre sus objetivos la fiscalización del comercio e industrialización de las distintas cadenas agroalimentarias y agroindustriales, y el entendimiento en la operatoria referida a la matriculación, registración y fiscalización de las actividades...
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