Resolución Conjunta 69-E.

Fecha de disposición01 Septiembre 2017
Fecha de publicación01 Septiembre 2017
SecciónResoluciones Conjuntas

SECRETARÍA DE COMERCIO

Y

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS

Resolución Conjunta 69-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2017

VISTO el Expediente Nº S01:0054671/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma AGRICULTORES FEDERADOS ARGENTINOS SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA, C.U.I.T. N° 30-52571862-6, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Grandes Proyectos de Inversión" conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN.

Que la Resolución N° 424 de fecha 31 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 18 que las mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en sus Artículos 11 y 12.

Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la instalación de una línea de producción nueva, completa y autónoma para la molienda de trigo, conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución, serán instalados en el predio declarado por la empresa en las actuaciones indicadas en el Visto.

Que la empresa obtuvo el Certificado de Trámite Nº 216 emitido con fecha 24 de febrero de 2015 a fin de poder realizar las operaciones de importación al amparo del citado Régimen.

Que la firma AGRICULTORES FEDERADOS ARGENTINOS SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA ha presentado una constancia de vinculación contractual con el INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN para la certificación del Sistema de Gestión de la Inocuidad bajo las normas IRAM NM 323:2010 (HACCP) e IRAM NM 324:2010 (BPM).

Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL-CENTRO REGIONAL ROSARIO, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que conforme al Artículo 16 de la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Dirección Nacional de Industria de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, y la Dirección Nacional de Facilitación del Comercio Exterior de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO, ambas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, han analizado el proyecto de manera conjunta, emitiendo un dictamen del cual surge, que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089/00, 8/01 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 216/03 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN...

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