Resolución Conjunta 3/2022

Fecha de publicación02 Septiembre 2022
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN Y AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-95347441- -APN-DRRHH#ME, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y N° 639 del 18 de abril del 2002 y;

CONSIDERANDO:

Que la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACION, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (AGENCIA I+D+i), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN solicita el traslado de la agente de planta permanente del MINISTERIO DE EDUCACION, Dra. Maria Verónica CORTESE (D.N.I. N° 24.170.432), quien revista en UN (1) cargo Nivel B, Grado 4, Tramo Intermedio, Agrupamiento Profesional, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que el artículo 15 del Anexo a la Ley N° 25.164 en su parte pertinente prevé que: “...La movilidad del personal de una dependencia a otra dentro o fuera de la misma jurisdicción presupuestaria, dentro del ámbito de aplicación del presente régimen, estará sujeta a la regulación que se establezca en los convenios colectivos celebrados en el marco de la Ley 24.185, debiendo contemplarse en todos los casos la ausencia de perjuicio material y moral al trabajador...”.

Que el artículo 15, inciso b), apartado II de la reglamentación a la Ley N° 25.164 prevé que: “… II) Cuando por necesidades del servicio resulte necesario disponer la afectación definitiva de un agente para prestar servicios en otra dependencia dentro o fuera de la jurisdicción presupuestaria, dicha situación será considerada como traslado y estará condicionada a la existencia de vacante financiada perteneciente a la norma escalafonaria a la que esté incorporado el agente. En todos los casos deberán asignarse funciones acordes con su nivel escalafonario. Cuando así corresponda se aplicarán las normas pertinentes del régimen de viáticos y otras compensaciones¨.

Que dicho traslado se fundamenta en el perfil de la citada agente, el cual responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al Organismo de destino.

Que la causante ha prestado conformidad al presente tramite, manifestando que el mismo no le ocasiona menoscabo moral ni económico.

Que dicha agente ha prestado servicios en calidad de adscripta en la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO...

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