Resolución Conjunta 2. Norma modificatoria del artículo 5° de la Resolución Conjunta CARP CTMFM 3\/15.
Fecha de disposición | 01 Septiembre 2016 |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
Resolución Conjunta 2/2016
Norma modificatoria del artículo 5° de la Resolución Conjunta CARP CTMFM 3/15.
Montevideo, 19/08/2016
VISTO:
Lo dispuesto por la Resolución Conjunta CARP - CTMFM N° 3/15, artículo 5°), del 4 de diciembre del año 2015.
CONSIDERANDO:
1) Que por el artículo 5° de la Resolución Conjunta N° 3/15 se dispuso el uso obligatorio del sistema de monitoreo satelital en todos los buques que operan sobre el recurso corvina, en el área del Tratado, a partir del 1 de enero de 2016.
2) Que el Tratado otorga a las Comisiones los cometidos de realizar estudios y coordinar planes y medidas relativas a la conservación y racional explotación de las especies en el área del Tratado.
3) Que dichos planes son dinámicos en cuanto a las medidas de manejo que se adoptan, debiendo responder en forma integral a las realidades socioeconómicas y culturales que los estudios consideran y ello, bajo una visión global a los objetivos dispuestos por el Tratado para las Comisiones que lo administran.
ATENTO:
A lo establecido en los Artículos 54, 55, 66 incisos a y b, 80 y 82 incisos a, b, c y d, del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA
Y
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVEN:
Suspender hasta el 31 de agosto de 2017 la aplicación de lo dispuesto por el artículo 5° de la Resolución Conjunta CARP-CTMFM N° 3/15, para las embarcaciones que tengan una eslora comprendida entre 12 y 15 metros y un distanciamiento máximo de hasta 15 millas náuticas desde la costa y que no hubiesen implementado el sistema a la fecha.
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