Resolución Conjunta 2/2023

Fecha de publicación29 Junio 2023
EmisorMINISTERIO DE SALUD Y MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,undefined


Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2023

VISTO el Expediente N° EX -2022-111439109-APN-DD#MS, las Leyes Nros. 24.295, 27.270 y 27.520, el Decreto N° 1.030 del 17 de diciembre de 2020, la Resolución N° 447 del 26 de noviembre de 2019 de la ex Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA, las Resoluciones Nros. 555 de fecha 1 de febrero de 2021 y 2.956 del 10 de noviembre de 2021, ambas del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que en el año 2008 en la 61ª Asamblea Mundial de la Salud, se instó a los Estados Miembros a elaborar medidas sanitarias e incorporarlas en los planes de adaptación al cambio climático, promoviendo la participación eficaz del sector sanitario a fin de reducir los riesgos sanitarios actuales y previstos derivados del cambio climático (Resolución WHA61.19).

Que en el año 2009 los Ministros de Salud del MERCOSUR acordaron una Estrategia de Acción para proteger la Salud Humana de los efectos del Cambio Climático, elaborada por la Comisión Intergubernamental de Salud Ambiental y del Trabajador (RMS/ACUERDO Nº12/09).

Que posteriormente en el año 2011 en el 51º Consejo Directivo de la ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD, se estableció la Estrategia y Plan de Acción Sobre el Cambio Climático, cuya meta es equipar y fortalecer los sistemas nacionales y locales de salud a fin de proteger la salud humana de los riesgos relacionados con el cambio climático (Resolución CD51.R15).

Que los Ministros de Salud del MERCOSUR en el año 2018 emitieron una declaración donde resaltan la importancia de la participación activa de Salud en los Planes Nacionales de Adaptación al Cambio Climático, y destacan la necesidad de los Ministerios de Salud de liderar los procesos de elaboración de los capítulos específicos dentro de los citados Planes Nacionales con enfoque de vulnerabilidad, riesgo y resiliencia.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA, mediante las Leyes Nº 24.295 y Nº 27.270 aprobó la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO y el ACUERDO DE PARÍS asumiendo el compromiso de formular, aplicar, publicar y actualizar regularmente los programas nacionales que contengan medidas orientadas a la adaptación y mitigación del cambio climático.

Que la Ley N° 27.520 y su Decreto Reglamentario N° 1030/2020 establece los presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global para garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas.

Que en su Artículo 7° la mencionada Ley crea el GABINETE...

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