Resolución Conjunta 2/2020

Fecha de publicación15 Julio 2020
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN Y MINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 08/07/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-26001125--APN-SECPU#ME, las Leyes Nros. 27.541 y 24.521, el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, la Resolución N° 3 de fecha 13 de marzo de 2020 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.541 se declaró la emergencia pública en materia sanitaria, facultando al MINISTERIO DE SALUD a instrumentar las políticas necesarias y dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes.

Que a través del Decreto N° 260/2020 se amplió dicha emergencia por el plazo de UN (1) año, facultando al MINISTERIO DE SALUD, como autoridad de aplicación, a la adopción de diversas medidas, recomendaciones, difusión de las disposiciones sanitarias, entre otras, acordes a la situación epidemiológica actual.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO mediante la Resolución N° 3 de fecha 13 de marzo de 2020 instruyó a cada una de las entidades que integran el sector público nacional, a la inmediata aplicación de las recomendaciones elaboradas por la Unidad de Coordinación General, integrada por las áreas técnicas pertinentes del MINISTERIO DE SALUD para la prevención del COVID-19.

Que conforme lo establecido por la Ley 24.521, las universidades nacionales, provinciales y privadas reconocidas por el Estado nacional y los institutos universitarios, los cuales integran el Sistema Universitario Nacional, tienen como funciones sustantivas la enseñanza, la investigación y la extensión universitaria.

Que en el marco de la emergencia sanitaria declarada, resulta necesario el lanzamiento de una convocatoria a todas las instituciones universitarias señaladas en el considerando anterior, a los efectos de colaborar en acciones comunitarias vinculadas a la atención, prevención y promoción de la salud en articulación con los diferentes efectores de la salud públicos, como asimismo en el trabajo de asistencia y acompañamiento de las personas pertenecientes a los grupos de riesgo.

Que en el contexto de referencia se considera oportuno la creación de un programa para fortalecer a los organismos gubernamentales, ya sean provinciales o municipales que actúen en nivel comunitario mediante el apoyo de las universidades y/o institutos universitarios.

Que los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE EDUCACIÓN y del MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de su competencia.

Que la...

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