Resolución Comunal - N° 45895743 - COMUNA5/2024, 02/01/2024

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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RESOLUCIÓN COMUNAL N.º 45.895.743/COMUNA5/23
Buenos Aires, 12 de diciembre de 2023
VISTO: La Ley N° 471 (Texto consolidado Ley Nº 6.588), la Resolución Nº 6/MMGC/15
(Texto consolidado Ley Nº 6.588), y el EX-2023- 43951574 -GCABA-COMUNA5, y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 6/MMGC/15 (Texto consolidado Ley Nº 6.588) se aprobó el
Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendido en la Ley Nº 471 (Texto consolidado
Ley Nº 6.588);
Que, en el artículo 6º del Anexo I de dicha resolución se estableció que en los casos
de agentes que por razones de servicio desempeñen tareas fuera de su dependencia,
oficina o servicio, la Autoridad Superior de la Repartición, respectiva deberá mediante
dictado de Acto Administrativo, eximir de la obligación de firmar la Planilla de Firma de
Registro de Asistencia o registrarse en el Sistema Biométrico de control de asistencia;
Que, en virtud de lo expuesto en el artículo mencionado ut supra, la vigencia de la
eximición en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en
el cual fue otorgada;
Por ello, en uso de las facultades conferidas,
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL Nº5
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1°.- Exímase de registrarse en el Sistema Biométrico de control de asistencia
a la Sra. Alicia Cristina Torres, CUIL N° 27-16491814-4, de la repartición a mi cargo
dependiente de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano del Área Jefe de
Gobierno, de conformidad con el Anexo I (IF-2023-44263011-GCABA-COMUNA5),
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- Otórgase como periodo de vigencia de la eximición desde el 1º de enero
de al 31 de diciembre de 2023.
Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y comuníquese a la Dirección General Planificación y Control Operativo y a la
Dirección General de Administración de Liquidación de Haberes, ambas dependientes
del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.-. Perdomo Carricart
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6782 - 02/01/2024

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