Resolución Comunal - N° 44565605 - COMUNA5/2023, 13/12/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 44.565.605/COMUNA5/23
Buenos Aires, 1 de diciembre de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.777, el
Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
(texto consolidado por Ley N °6.588), los Decretos N° 277/22 y N° 465/22, la
Resolución N° 816-MAYEPGC/19, la Resolución firma Conjunta N° 1-SECACGC/22, el
expediente electrónico Nº 2023-36365581-GCABA-DGCCT y;
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 104,
inciso 21, establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo la de otorgar
permisos para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén
sujetas al poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que, en su artículo 127, define a las Comunas como unidades de gestión política y
administrativa con competencia territorial;
Que, asimismo, el artículo 128 establece que las Comunas ejercen funciones de
planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de
la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que la Ley N° 1.777 (texto consolidado por Ley N° 6.588) es la norma orgánica de las
comunas y las define como “unidades de gestión política y administrativa
descentralizada”;
Que el artículo 11 de la Ley N° 1.777 (texto consolidado por Ley N° 6.588) establece
como competencia concurrente de las Comunas y del Poder Ejecutivo “(...) c. La
fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los
espacios públicos, suelo (...)”;
Que por Decreto N° 277/22 se modificó la estructura organizativa de la Secretaría de
Asuntos Estratégicos y de la Jefatura de Gabinete de Ministros transfiriendo la
dependencia de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, con todo su
personal, patrimonio, presupuesto y responsabilidades primarias, a la Secretaría de
Asuntos Estratégicos, siendo las comunas organismos fuera de nivel bajo su órbita;
Que por Decreto N° 465/22 se modificó nuevamente la estructura de la citada
Secretaría de Asuntos Estratégicos, creándose la Unidad de Proyección Federal y
Desarrollo Territorial, transfiriendo la dependencia de la Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal, con todo su personal, patrimonio, presupuesto y
responsabilidades primarias, a la Unidad creada por el mentado Decreto, siendo las
comunas organismos fuera de nivel bajo su órbita;
Que mediante la Resolución Conjunta N° 1-SECACGC/22 actualizada, se aprobó el
“Procedimiento para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el
emplazamiento de áreas gastronómicas en veredas, calzadas y otros espacios
públicos”, con sus Anexos I a V (IF-2023-11905170-GCABA-DGCCT, IF-2023-
11905165-GCABA-DGCCT, IF-2022-41758347-GCABA-DGCCT, IF-2022-41758607-
GCABA-DGCCT e IF-2022-41758789-GCABA-DGCCT), respectivamente;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública
concede en ejercicio de sus poderes de policía del dominio público, llevando implícita
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6768 - 13/12/2023

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