Resolución Comunal N° 39033115/COMUNA8/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 39.033.115/COMUNA8/21
Buenos Aires, 22 de diciembre de 2021
VISTO: El Expediente N° 2019-36106567-GCABA-COMUNA 8, y la Ley N° 1777,
Decreto N° 453-GCABA/12, Decreto N° 40/GCABA/14, Ordenanza 33581/77, y/o
33721/77 y/o Ley Nacional N° 11843 y Resolución N° 446/MJGGC/2016.
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el inmueble
sito en la calle Teniente General Luis Dellepaine 5221.
Que con fecha 19/11/2019, inspectores de la Comuna 8, se constituyeron en el
inmueble a efectos de verificar las condiciones de Higiene y salubridad del lugar y
labraron el acta de intimación Nro.111-COMUNA 8/2019, de fecha 19/11/2019, por
hallarse el precitado en estado de abandono, siendo un sitio propicio para el
anidamiento y proliferación de roedores, insectos y alimañas.
Que con fecha 16/12/2020 los inspectores de la Comuna 8 se constituyeron
nuevamente en el lugar mencionado a fin de verificar el efectivo cumplimiento del Acta
de Intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas intimadas al ciudadano
no fueron realizadas, observándose que se encontraba aquel en el mismo estado, con
falta de higiene, por lo que se procedió a confeccionar una Acta de Comprobación
Serie 4 N° 00511093.-
Que en fecha 13/12/21 los inspectores de la Comuna 8 se constituyeron nuevamente
en el lugar mencionado a fin de verificar el estado actual del terreno, constatando que
el mismo se encuentra en las mismas condiciones con falta de higiene, malezas muy
crecidas.
Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que “todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (..)”.
Que, por la entrada en vigencia de la Resolución N° 446/ MJGGC/16 Anexo I, se
implementó el “Procedimiento para la higienización, desinfección, desinsectación,
desratización, eliminación de malezas y/o saneamiento de terrenos baldíos y/o casas
abandonadas en las Comunas”,
Que, la Resolución 446/MJGGC/16, establece en el Anexo I, 2° Etapa, punto c) que la
Comuna “...deberá proceder a la confección de una Resolución (...) intimando al/ los
titular/es a subsanar las faltas en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de
cumplimentarlo bajo su costo”.
Que, en fecha 27/03/20 la Dirección General Registro de Obras y Catastro por NO-
2020-GCABA-DGROC informó los datos catastrales del inmueble en cuestión:
Circunscripción 1, Manzana 19A, Sección 61, Parcela 7. La Dirección General
Competencias Comunales y Talleres en fecha 01/04/2020 informó por NO-2020-
10671606-GCABA-DGCCT que habiendo realizado la consulta de titularidad arrojó
como resultado “No existe calle con ese número de puerta”, asimismo se procedió a
consultar a la Dirección General de Rentas perteneciente a la Administración General
de Ingresos Públicos titularidad y domicilio postal del predio en cuestión, quien por
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6286 - 30/12/2021

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