Resolución Comunal N° 36392160/COMUNA15/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 36.392.160/COMUNA15/19
Buenos Aires, 22 de noviembre de 2019
VISTO: Las Leyes N° 1777 y N° 11843, los Decretos N° 453/GCABA/12 y N°
40/GCABA/14, las Ordenanzas N° 33581/77 y/o N° 33721/77 y/o la Resolución N°
446/MJGGC/2016 y el expediente EX-2019-28674571-GCABA-COMUNA15 y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio
sito en la calle CHARLONE 667/669, entre la calle Teodoro García y Av Lacroze,
Ciudad Autónoma de Bueno Aires;
Que con fecha 12/09/2019, inspectores de la Comuna 15 se constituyeron en el
inmueble a efectos de verificar las condiciones de higiene y salubridad del lugar
labrando el acta de intimación N° C-139-COMUNA15/2019, de fecha 12/09/2019, por
haber verificado un inmueble aparentemente deshabitado y ante la cual podría
generarse la proliferación de roedores. Se intimó a presentar certificados de
desratización, desinsectación, corte de ramas y desmalezamiento.
Que con fecha 29/10/2019, los inspectores de la Comuna 15 se constituyeron
nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo cumplimiento del acta
de intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas intimadas al ciudadano
no fueron realizadas, procediéndose a labrar Informe de Inspección N° C161-
COMUNA15/2019 de fecha 29/10/2019, Acta de Intimación N° C61-COMUNA15/19 de
fecha 29/10/2019 y Acta de Comprobación Serie 4 N° 00442045 de fecha 29/10/2019;
Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que "todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (..)";
Que, por la entrada en vigencia de la Resolución N° 446/MJGGC/16 Anexo I, se
implementó el "Procedimiento para la higienización, desinfección, desinsectación,
desratización, eliminación de malezas y/o saneamiento de terrenos baldíos y/o casas
abandonadas en las Comunas";
Que, la Resolución 446/MJGGC/16, establece en el Anexo I, 2° Etapa, punto c) que la
Comuna "...deberá proceder a la confección de una Resolución (...) intimando al/ los
titular/es a subsanar las faltas en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de
cumplimentarlo bajo su costo";
Que, en fecha 03/10/2019 el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE, informa
que los titulares del inmueble en cuestión son el Sr SOUTO Y D`IPPOLITI MARCELO
VICTOR CUIT 20-08476664-5 y el Sr SOUTO Y D`IPPOLITI MARIO NESTOR con
CUIT 20-12501904-9 con domicilio legal en la calle Charlone 677 / 679, CABA;
Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde
intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez (10) días de
notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización,
desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos
del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento
en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5750 - 27/11/2019

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