Resolución Comunal N° 31106086/COMUNA15/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN COMUNAL N.º 31.106.086/COMUNA15/21
Buenos Aires, 13 de octubre de 2021
VISTO: Las Leyes N° 1777 y N° 11843, los Decretos N° 453/GCABA/12 y N°
40/GCABA/14, las Ordenanzas N° 33581/77 y/o N° 33721/77 y/o la Resolución N°
446/MJGGC/2016, la LEY DE PROCEDMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES y el expediente N° EX-2021-18051705-GCABA-
COMUNA15 y;
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita la solicitud de higienización, desratización y
saneamiento del predio sito en la calle ROSETI 602/ 30, entre las arterias OLLEROS y
AV. FEDERICO LACROZE, de C.A.B.A;
Que con fecha 07/06/2021, inspectores de la Comuna 15 se constituyeron en el
inmueble a efectos de verificar las condiciones de higiene y salubridad del lugar
labrando el acta de intimación N° AL-81-COMUNA15-2021, de fecha 07/06/2021,
intimando por 30 días a presentar ante la Comuna Nº15 certificado de desratización y
limpieza del lugar, por haber verificado una finca abandonada con falta de higiene;
debiendo emprender tareas de higienización, desmalezado, desratización y
fumigación; dando comienzo con el procedimiento contemplado en la Resolución N°
446/MJGGC/2016;
Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que “todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (..)”;
Que, por la entrada en vigencia de la Resolución N° 446/MJGGC/16 Anexo I, se
implementó el “Procedimiento para la higienización, desinfección, desinsectación,
desratización, eliminación de malezas y/o saneamiento de terrenos baldíos y/o casas
abandonadas en las Comunas”;
Que, la Resolución 446/MJGGC/16, establece en el Anexo I, 2° Etapa, punto c) que la
Comuna “...deberá proceder a la confección de una Resolución (...) intimando al/ los
titular/es a subsanar las faltas en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de
cumplimentarlo bajo su costo”; Conforme a ello se procedió a intimar al saneamiento
del predio en cuestión mediante Resolución Nº RS-2021-27435176-GCABA-
COMUNA15 de fecha 14/09/2021, que fue notificada el 17/09/2021;
Que, en fecha 07/10/2021, la Sra. Mónica Ida Ana María Vallarino Gancia, en su
carácter de titular del inmueble en cuestión, solicitó una prórroga por el plazo de 15
días a fin de dar cumplimiento a lo requerido por Resolución Nº RS-2021-27435176-
GCABA-COMUNA15;
Que la LEY DE PROCEDMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES en el articulo 22 e) inc. 5, establece que “Antes del vencimiento de un
plazo podrá la Administración, de oficio o a pedido del interesado, disponer su
ampliación, por el tiempo razonable que fijare, mediante resolución fundada y siempre
que no resulten perjudicados derechos de terceros”;
Que la LEY DE PROCEDMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA CIUDAD DE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6239 - 20/10/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR