Resolución Comunal - N° 30318854 - COMUNA9/2022, 05/09/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.° 30.318.854/COMUNA9/22
Buenos Aires, 24 de agosto de 2022
VISTO: El Expediente N° 15827765-GCABA-COMUNA9/2021, y la Ley N° 1777,
Decreto N° 453-GCABA/12, Decreto N° 472 -GCABA/13, Resolución N° 436
SECGCYAC/12, Decreto N° 40/GCABA/14, Ordenanza 33581/77, y/o 33721/77 y/o
Ley Nacional N° 11843 y Resolución N° 446/MJGGC/16; y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio
sito en la calle Fernández 1743, de esta Ciudad.
Que, con fecha 18 de Mayo de 2021, inspectores de la Comuna 9, se constituyeron en
el inmueble a efectos de verificar las condiciones de Higiene y salubridad del lugar y
labraron el Acta de Intimación Nro. 132/COMUNA9/2021 de igual fecha, por haber
verificado falta de higiene, siendo un sitio propicio para el anidamiento y proliferación
de roedores, insectos y alimañas.
Que, con fecha de 30 de Junio de 2022 , los inspectores de la Comuna 9 se
constituyeron nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo
cumplimiento del Acta de Intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas
intimadas al ciudadano no fueron realizadas, por lo que se procedió a confeccionar el
Acta de Comprobación Serie 4-00655218.
Que, el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que "todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (...)".
Que, la Resolución N° 446/ MJGGC/16, establece en el Anexo I, Etapa 2) punto II c)
"...La Comuna deberá proceder a la confección de una Resolución, dentro del plazo de
48 hs. de efectuada el Acta de Comprobación, intimando al/los titular/es a subsanar las
faltas en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de cumplimentar bajo su costo".-}
Que, en fecha 25 de Noviembre de 2021, el Registro Propiedad Inmueble, informó que
el titular del inmueble sito en la calle Fernández 1743 de la CABA, arrojó "NO EXISTE
CALLE CON ESE NUMERO DE PUERTA", sugiriendo direccionar la consulta a la
D.G.RENTAS. En ese sentido, se procedió a consultar a la Dirección General de
Rentas, perteneciente a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, en
fecha 14 de Junio de 2022 informó que al momento de proceder a la búsqueda del
titular del inmueble, registra a nombre de BRUNO ANTONIO, sin consignar N° de
documento, requisito indispensable para ubicar su domicilio postal.
Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde
intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez (10) días de
notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización,
desinsectación, desmalezamiento e higienización y/o retiro de todos los materiales en
desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda,
bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos
mencionados por la administración y a su costa.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1510/97 y la normativa
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6453 - 05/09/2022

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