Resolución Comunal N° 25360528/COMUNA1/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 25.360.528/COMUNA1/19
Buenos Aires, 14 de agosto de 2019
VISTO: El Expediente N° 2019-03822413-MGEYA- UAC1, y la Ley N° 1777, Decreto
N° 453-GCABA/12, Decreto N° 40/GCABA/14, Ordenanza 33581/77, y/o 33721/77 y/o
Ley Nacional N° 11843 y Resolución N ° 446/MJGGC/2016; y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio
sito en Av. Paseo Colón 901/47, CABA.
Que con el objeto de adecuar el procedimiento a las disposiciones de la Resolución
446/MJGGC/2016, con fecha 4 de febrero de 2019, inspectores de la Comuna 1, se
constituyeron en el inmueble a efectos de verificar las condiciones de Higiene y
salubridad del lugar y labraron el acta de intimación IF-2019-05146215-GCABA-
COMUNA1, por haber verificado la falta de higiene y malezas, siendo un sitio propicio
para el anidamiento y proliferación de roedores, insectos y alimañas.
Que con fecha 26 de Mayo de 2019, los inspectores de la Comuna 1 se constituyeron
nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo cumplimiento del Acta
de Intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas intimadas al ciudadano
no fueron realizadas.-
Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que "todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (...)".
Que, por la entrada en vigencia de la Resolución N° 446/MJGGC/16 Anexo I, se
implementó el "Procedimiento para la higienización, desinfección, desinsectación,
desratización, eliminación de malezas y/o saneamiento de terrenos baldíos y/o casas
abandonadas en las Comunas",
Que, la Resolución 446/MJGGC/16, establece en el Anexo I, 2° Etapa, punto c) que la
Comuna "...deberá proceder a la confección de una Resolución (...) intimando al/ los
titular/es a subsanar las faltas en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de
cumplimentarlo bajo su costo"
Que, en fecha 25 de marzo de 2019, la DIRECCION GENERAL DE ASISTENCIA
OPERATIVA COMUNAL DE LA SUBSECRETARIA DE ACCION COMUNAL - GCBA,
informó que el titular del inmueble en cuestión es CALAFATE S. A., CUIT 30-
54764749-8, con domicilio legal en la calle PASEO COLON 901/47, CABA.
Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde
intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez (10) días de
notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización,
desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos
del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento
en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la
administración y a su costa.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1510/97 y la normativa
ut supra mencionada;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5731 - 30/10/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR