Resolución Comunal N° 22222718/COMUNA5/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición24 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 22.222.718/COMUNA5/22
Buenos Aires, 17 de junio de 2022
VISTO: El EX-2022-10583896-GCABA-DGCCT, la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 6.292 y N° 1777, el Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por la Ley N° 2.148 (textos
consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos N° 463/AJG/19 y su modificatorio N°
26/AJG/21, y N° 478/AJG/19; la Resolución Conjunta N° 2/MAYEPGC-MDUYT/18, la
Resolución N° 816/MAYEPGC/19, la Resolución N° 219/SECACGC/20, y la
Disposición N° 3553/DGOEP/18 y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establecido por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires establece, dentro de las atribuciones del Jefe de Gobierno,
se encuentra la de otorgar permisos y habilitaciones para el ejercicio de actividades
comerciales y para todas las que están sujetas al poder de policía de la Ciudad,
conforme a las leyes;
Que el artículo 82, inciso 5, de la citada Constitución, dispone un límite temporal para
el otorgamiento de tales permisos, de acuerdo a las leyes que reglamentan su
ejercicio;
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo entre
los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Coordinación o Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que por el Decreto N° 463/AJG/19, modificado por el Decreto N° 26/AJG/21, se
aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose a la Dirección General Competencias Comunales y
Talleres (DGCCT) dependiente de la Subsecretaría de Gestión Comunal de la
Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal del citado Ministerio, como
organismo para promover políticas y entender en el uso y mantenimiento del espacio
público comunal, conforme las competencias establecidas en la Ley N° 1.777 (texto
consolidado por Ley N° 6.347);
Que, de acuerdo a lo contemplado en el Anexo II del referido Decreto modificatorio, la
Dirección General Competencias Comunales y Talleres (DGCCT) tiene entre sus
responsabilidades primarias: “Administrar el otorgamiento de permisos de uso y
ocupación del espacio público en coordinación con las áreas competentes”;
Que, la Gerencia Operativa Permisos de Usos de la Dirección General Competencias
Comunales y Talleres (DGCCT), centraliza los pedidos de uso del espacio público y
recomienda su aprobación, denegación y/o revocación, a las autoridades
competentes;
Que, el artículo 11 de la Ley N° 1.777 (texto consolidado por la Ley N° 6.347)
establece como competencia concurrente de las Comunas y del Poder Ejecutivo “(...)
c. La fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los
espacios públicos, suelo (...)”;
Que el artículo 2.1.9 el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6404 - 24/06/2022

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