Resolución Comunal - N° 20895771 - COMUNA1/2023, 06/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN COMUNAL N.º 20.895.771/COMUNA1/23
Buenos Aires, 30 de mayo de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N°1.777, la
Resolución, N° 55- GCABA-SECACGC/21, la Disposición N° 2019-1621-GCABA-
DGOEP, N° 2019-3117-GCABA- DGOEP, el Expediente Electrónico N° 2018-
18526410-MGEYA-DGOEP; y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 104 inciso
21 establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo la de otorgar permisos
para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén sujetas al
poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que la citada Norma Constitucional dispone en el inciso 5º del artículo 82 un límite
temporal para el otorgamiento de tales permisos en un todo de acuerdo a las leyes
que reglamentan su ejercicio;
Que en su artículo 127 define a las Comunas como unidades de gestión política y
administrativa con competencia territorial;
Que, asimismo, el artículo 128 establece que las Comunas ejercen funciones de
planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de
la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que la Ley N°1.777 es la norma orgánica de las comunas y define su naturaleza
jurídica como “unidades de gestión política y administrativa descentralizada”;
Que el artículo 11 de la Ley N° 1.777 establece como competencia concurrente de las
Comunas y del Poder Ejecutivo “(...) c. La fiscalización y el ejercicio del poder de
policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos, suelo (...)”;
Que, dentro de las atribuciones de la Junta Comunal como órgano de gobierno, se
contempla la de “emitir resoluciones y declaraciones en el marco de sus
competencias”;
Que mediante la Resolución N° 55-GCABA-SECACGC/21 se aprobó el “Procedimiento
para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el emplazamiento de
puestos de diarios y revistas”, el cual establece que los permisos para el
emplazamiento de puestos de diarios serán otorgados por un plazo de cinco (5) años,
pudiendo la administración en el ejercicio activo de su jurisdicción, revocarlos por
cuestiones de oportunidad, mérito o conveniencia sin derecho a indemnización alguna;
Que mediante Disposición N° 2019-3117-GCABA-DGOEP, de fecha 25/09/2019, se
otorgó por el término de 5 años el permiso de uso Nº 2200050176 para emplazar un
puesto de diarios y revistas, ubicado en la acera de Av. Leandro Alem 1026, a favor de
la Sra. Condori, Natalia Raquel, con DNI 32.905.589;
Que el artículo 18° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1.510/97, establece que el acto administrativo regular del que hubieran nacido
derechos subjetivos a favor de los administrados podrá ser revocado en sede
administrativa, si la revocación del acto “lo favorece sin causar perjuicio a terceros y si
el derecho se hubiere otorgado expresa y válidamente a título precario”;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6635 - 06/06/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR