Resolución Comunal N° 19740441/COMUNA9/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 19.740.441/COMUNA9/22
Buenos Aires, 27 de mayo de 2022
VISTO: El Expediente N° 31795824-GCABA-UAC9/2019, y la Ley N° 1777, Decreto N°
453-GCABA/12, Decreto N° 472-GCABA/13, Resolución N° 436-SECGCYAC/12,
Decreto N° 40/GCABA/14, Ordenanza 33581/77, y/o 33721/77 y/o Ley Nacional N°
11843 y Resolución N° 446/MJGGC/16; y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio
sito en la calle GUARDIA NACIONAL 1807 de esta Ciudad.
Que con fecha 02 de Octubre de 2019, inspectores de la Comuna 9, se constituyeron
en el inmueble a efectos de verificar las condiciones de higiene y salubridad del lugar y
labraron el Acta de Intimación Nro. 089/COMUNA9/2019 de igual fecha, por haber
verificado falta de higiene y malezas, siendo un sitio propicio para el anidamiento y
proliferación de roedores, insectos y alimañas.
Que con fecha 05 de mayo de 2022, los inspectores de la Comuna 9, se constituyeron
nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo cumplimiento del Acta
de Intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas intimadas al ciudadano
no fueron realizadas, por lo que se procedió a confeccionar el Acta de Comprobación
Serie 4-00655210. .
Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que “todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (...)”.
Que, la Resolución N° 446/ MJGGC/16, establece en el Anexo I, Etapa 2) punto II c)
“...La Comuna deberá proceder a la confección de una Resolución, dentro del plazo de
48 hs. de efectuada el Acta de Comprobación, intimando al/los titular/es a subsanar las
faltas en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de cumplimentar bajo su costo”.-
Que, en fechas 17 de febrero de 2020 y posteriormente el 22 de abril de 2022, el
Registro Propiedad Inmueble, informó que en las búsqueda del titular del inmueble sito
en la calle Guardia Nacional 1807, de esta Ciudad arrojo “NO EXISTE CALLE CON
ESE NUMERO DE PUERTA”. Asimismo, se procedió a consultar información del
mismo tenor a la Dirección General de Rentas, perteneciente a la Administración
General de Ingresos Públicos quien en fecha 25 de abril de 2022, informó que el titular
del inmueble en cuestión, figura a nombre de SR PROPIETARIO, SIENDO ESTA UNA
CARGA INICIAL, ESTO SIGNIFICA QUE NO HAY REGISTRO DE DOCUMENTO
ALGUNO, NI VIGENCIA DE TITULARIDAD.
Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde
intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez (10) días de
notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización,
desinsectación, desmalezamiento e higienización y/o retiro de todos los materiales en
desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda,
bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos
mencionados por la administración y a su costa.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6392 - 07/06/2022

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