Resolución Comunal N° 19300477/COMUNA9/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición16 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 19.300.477/COMUNA9/21
Buenos Aires, 28 de junio de 2021
VISTO: El Expediente N° 2020-07674793-GCABA-COMUNA7, y la Ley N° 1777,
Decreto N° 453- GCABA/12, Decreto N° 472 -GCABA/13, Resolución N° 436-
SECGCYAC/12, Decreto N ° 40/GCABA/14, Ordenanza 33581/77, y/o 33721/77 y/o
Ley Nacional N° 11843 y Resolución N° 446/MJGGC/16;
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio
sito en la calle PORTELA 1107/11 esquina PRIMERA JUNTA 3502/06, de esta Ciudad.
Que con fecha 13 de Febrero de 2020, inspectores de la Comuna 7, se constituyeron
en el inmueble a efectos de verificar las condiciones de Higiene y salubridad del lugar
y labraron el acta de intimación Nro. 38/COMUNA7/2020, de fecha 13 de Febrero de
2020, por haber verificado falta de higiene y malezas, siendo un sitio propicio para el
anidamiento y proliferación de roedores, insectos y alimañas.
Que con fecha 10 de Agosto de 2020, los inspectores de la Comuna 9 se constituyeron
nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo cumplimiento del Acta
de Intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas intimadas al ciudadano
no fueron realizadas, por lo que se procedió a confeccionar una Acta de Comprobación
Serie 4-00363343.
Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que “todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (...)”.
Que, la Resolución N° 446/ MJGGC/16, establece en el Anexo I, Etapa 2) punto II c)
“...La Comuna deberá proceder a la confección de una Resolución, dentro del plazo de
48 hs. de efectuada el Acta de Comprobación, intimando al/los titular/es a subsanar las
faltas en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de cumplimentar bajo su costo”.-
Que, en fecha 9 de marzo de 2020, el Registro Propiedad Inmueble informó la
numeración que arroja el Mapa interactivo siendo la calle PORTELA 1107/11 esquina
PRIMERA JUNTA 3502/3506 y su titular es CHIAPPANO HECTOR ANGEL, LE
00435113. Asimismo se procedió a consultar información del mismo tenor a la
Dirección General de Rentas, quien en fecha 14 de Julio de 2020 informó que al
momento de proceder a la búsqueda del titular del inmueble en cuestión, es
CHIAPPANO HECTOR ANGEL, LE 00435113, con domicilio postal en la calle Juan B.
Alberdi 656, Campana, Provincia de Buenos Aires.
Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde
intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez (10) días de
notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización,
desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos
del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento
en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la
administración y a su costa.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1510/97 y la normativa
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6172 - 16/07/2021

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