Resolución Comunal N° 15778239/COMUNA15/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 15.778.239/COMUNA15/19
Buenos Aires, 15 de mayo de 2019
VISTO: Las Leyes N° 1777 y N° 11843, los Decretos N° 453/GCABA/12 y N°
40/GCABA/14, las Ordenanzas N° 33581/77 y/o N° 33721/77 y/o la Resolución N°
446/MJGGC/2016 y el expediente N° 2019-08885652-GCABA-COMUNA15; y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio
sito en la calle OLAYA 1639, entre las calles Tres Arroyos y Galicia, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que con fecha 19/03/2019, inspectores de la Comuna 15 se constituyeron en el
inmueble a efectos de verificar las condiciones de higiene y salubridad del lugar
labrando el acta de intimación N° M16-COMUNA15/2019, de fecha 19/03/2019, por
haber verificado una casa abandonada tapiada. Desde la terraza lindera se comprobó
la falta de higiene en el inmueble. Se intimó a desratizar, desinsectizar y desmalezar.
Que con fecha 07/05/2019, los inspectores de la Comuna 15 se constituyeron
nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo cumplimiento del acta
de intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas intimadas al ciudadano
no fueron realizadas, procediéndose a labrar Informe de Inspección N° C90-
COMUNA15/2019 de fecha 07/05/2019, Acta de Intimación N° C46-COMUNA15/19 de
fecha 07/05/2019 y Acta de Comprobación Serie 4 N° 00442038 de fecha 07/05/2019;
Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que "todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (..)";
Que, por la entrada en vigencia de la Resolución N° 446/MJGGC/16 Anexo I, se
implementó el "Procedimiento para la higienización, desinfección, desinsectación,
desratización, eliminación de malezas y/o saneamiento de terrenos baldíos y/o casas
abandonadas en las Comunas";
Que, la Resolución 446/MJGGC/16, establece en el Anexo I, 2° Etapa, punto c) que la
Comuna "...deberá proceder a la confección de una Resolución (...) intimando al/ los
titular/es a subsanar las faltas en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de
cumplimentarlo bajo su costo";
Que, en fecha 27/03/19 el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal,
informa que el titular del inmueble en cuestión es DAVEIRO LUIS FRANCISCO DNI Nº
4.003.677;
Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde
intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez (10) días de
notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización,
desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos
del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento
en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la
administración y a su costa;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1510/97 y la normativa
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5623 - 23/05/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR