Resolución Comunal N° 15499787/COMUNA15/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición11 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 15.499.787/COMUNA15/18
Buenos Aires, 31 de mayo de 2018
VISTO:
El Expediente N° 2018-10786369-MGEYA-COMUNA15, y la Ley N° 1777, Decreto N°
453/GCABA/12, Decreto N° 40/GCABA/14, Ordenanza 33581/77, y/o 33721/77 y/o Ley
Nacional N° 11843 y Resolución N° 446/MJGGC/2016; y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio
sito en la calle Aguirre N° 769, esquina Acevedo;
Que con fecha 13/04/2018, inspectores de la Comuna 15, se constituyeron en el
inmueble a efectos de verificar las condiciones de Higiene y salubridad del lugar y
labraron el acta de intimación N° 58-COMUNA15/2018, de fecha 13/04/2018, por
haber verificado la falta de higiene y malezas, siendo un sitio propicio para el
anidamiento y proliferación de roedores, insectos y alimañas;
Que con fecha 30/05/2018, los inspectores de la Comuna 15 se constituyeron
nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo cumplimiento del Acta
de Intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas intimadas al ciudadano
no fueron realizadas, procediéndose a labrar las Actas de Inspección N° 22-
COMUNA15/2018 de fecha 30/05/18, Acta de Intimación N° 19-COMUNA15/18 de
fecha 30/05/18 y Acta de Comprobación Serie 4 N° 00373594 de fecha 30/05/18;
Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que "todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (..)";
Que, por la entrada en vigencia de la Resolución N° 446/ MJGGC/16 Anexo I, se
implementó el "Procedimiento para la higienización, desinfección, desinsectación,
desratización, eliminación de malezas y/o saneamiento de terrenos baldíos y/o casas
abandonadas en las Comunas";
Que, la Resolución 446/MJGGC/16, establece en el Anexo I, 2° Etapa, punto c) que la
Comuna "...deberá proceder a la confección de una Resolución (...) intimando al/ los
titular/es a subsanar las faltas en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de
cumplimentarlo bajo su costo";
Que, en fecha 24/04/2018 la Dirección General de Rentas, informa que el titular del
inmueble en cuestión es Fund. Alianza Cult. Hebrea, CUIT 30-55025731-5 con
domicilio legal en la calle Aguirre N° 769;
Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde
intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez (10) días de
notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización,
desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos
del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento
en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la
administración y a su costa;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5411 - 11/07/2018

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