Resolución Comunal N° 13366657/COMUNA13/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 13.366.657/COMUNA13/21
Buenos Aires, 3 de mayo de 2021
VISTO: La Ley Nacional N° 26.994, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, las leyes N° 1.777 y N° 3.263, los Decretos N° 166/GCBA/13, N° 55/GCBA/14,
el EX-2017-28306908-MGEYA-COMUNA15, el Dictamen Jurídico IF-2021- 10603880-
GCABA-DGACEP de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que, por el actuado citado en el Visto tramita la petición efectuada por el señor
Sebastián Diego Krymkiewiez quien solicita un resarcimiento por los daños que la
caída de una rama de un árbol le provocara al vehículo marca FORD, modelo FIESTA,
dominio KDM 262, en la calle Capitán General Ramón Freire 1700, de esta Ciudad el
17 de noviembre de 2017;
Que, a fin de acreditar las circunstancias alegadas acompaña -en copia fiel- la
siguiente documentación: (i) título de propiedad del mencionado automotor; (ii)
presupuestos; (iii) denuncia policial; (iv) póliza de seguros vigente a la fecha del
siniestro, contratada con la compañía “La Caja Seguros S.A.”; (vi) fotografías;
Que, con carácter preliminar, conviene recordar que el reconocimiento de la
responsabilidad estatal por su actividad tanto lícita como ilegítima, exige para su
procedencia el cumplimiento de ciertos requisitos imprescindibles, esto es: a) la
existencia de un daño actual y cierto; b) la relación de causalidad entre el accionar
lícito o ilícito del Estado y aquél perjuicio y, c) la posibilidad de imputar jurídicamente
esos daños a dicho Estado (cfr. CSJN, Fallos: 306:2030; 307:821; 318:1531; 320:113;
321:1776; 321:2144; entre otros);
Que, del informe producido por la Dirección General de Logística surge que se
apersonó en el lugar del suceso en la fecha alegada por el Sr. Krymkiewiez, ello al
orden 26;
Que, la Dirección General Gestión de la Flota Automotor, dependiente del Ministerio
de Hacienda y Finanzas, emitió un informe que indicaría que la reparación por los
daños ocasionados ascenderían a la suma de $ 17.666.- (Pesos diecisiete mil
seiscientos sesenta y seis), ajustándose el prespuesto a los valores de plaza a la
fecha en que fue emitido y responde a los daños sufridos por el vehículo particular;
Que, sin embargo de la póliza de seguros acompañada se desprende que el
interesado no poseía cobertura por daños parciales provocados por accidentes a la
fecha del siniestro;
Que, por lo expuesto y en consonancia con lo señalado por la Procuración General en
su Dictamen IF-2021-10603880-GCABA-DGACEP de fecha 6 de abril de 2021,
corresponde hacer lugar a lo peticionado.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
LA PRESIDENTE
DE LA JUNTA COMUNAL N° 13
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6120 - 10/05/2021

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