Resolución Comunal N° 12566818/COMUNA2/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.° 12.566.818/COMUNA2/18
Buenos Aires, 3 de mayo de 2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos, la Ley Nro. 1.777, Ley Nro. 3.263, Decreto
Nro. 371/GCBA/13, Decreto Nro. 251/GCABA/14 y Anexos I, II y III, Resoluciones
Nros. 6/MMGC/15 y RESOL-2018-29-SSGCOM
CONSIDERANDO:
Que el art. 127 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires creó las Comunas en
el ámbito de la ciudad de Buenos Aires como unidades de gestión política y
administrativa descentralizada con competencia territorial;
Que la Ley Orgánica de las Comunas de Nro. 1.777, que tiene por objeto establecer
las normas de organización, competencia y funcionamiento de las Comunas, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, siguientes y concordantes de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el art. 10 Titulo II Capitulo I de dicha ley, menciona entre sus competencias
exclusivas que: "Las Comunas tienen a su cargo en forma exclusiva: b) La
planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento de los espacios
verdes, de conformidad con la Ley de Presupuesto (...) e) En general, llevar adelante
toda acción que contribuya al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes y
al desarrollo local (...)";
Que el art. 11 Titulo II Capitulo I de dicha ley, menciona entre sus competencias
concurrentes que: a) La participación en la planificación, prestación y control de los
servicios (...), c) La fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre
usos de los espacios públicos, suelo y las materias que resulten de los convenios que
se celebren a tal efecto, a través de órganos con dependencia administrativa y sede
en la Comuna,
Que mediante Decreto Nº 371/GCBA/13 se transfirió a las Comunas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades primarias
relativas al mantenimiento de los espacios verdes de la Ciudad, oportunamente
asignadas a la Dirección General de Espacios Verdes del Ministerio de Ambiente y
Espacio Público, con excepción de determinados espacios verdes detallados en el
Anexo I que forma parte del mismo;
Que actualmente se encuentran dentro de las responsabilidades primarias de la
Gerencia Operativa de Gestión Administrativa de esta Comuna 2, establecida
mediante el Decreto Nro. 251/GCABA/14 y Anexos I, II y III, "intervenir en toda
tramitación de carácter administrativo, supervisando el cumplimiento del encuadre en
las normas legales y reglamentarias vigentes", así como también "asistir en la
administración de los recursos humanos de la Comuna";
Que asimismo, por el precitado decreto se instituyó la Gerencia Operativa de Gestión
Comunal dependiente de esta Unidad de Gestión donde se la compete a "Realizar la
planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento urbano y espacios
públicos comunales en coordinación con el área competente de la Secretaría de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5369 - 09/05/2018

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