Resolución Comunal N° 11515397-COMUNA14/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 11.515.397/COMUNA14/18
Buenos Aires, 23 de abril de 2018
VISTO:
la Ley N° 1777, el Decreto N° 166/13, el Decreto 433-16, el Expediente Electrónico N°
EX-2017-24025689--MGEYA-COMUNA14, el Dictamen PG IF-2018-08793313--
DGACEP, el Acta de Asamblea de Junta Comunal de fecha 19 de abril de 2018 y,
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la petición efectuada por la señora
Marcela Viaut Piedrabuena, quien solicita un resarcimiento por los daños que la caída
de un árbol le provocara al vehículo marca Ford, modelo Fiesta, dominio MJE 390, en
la calle Juncal altura 4500, de esta Ciudad, el día 05/10/2017;
Que, a fin de acreditar las circunstancias alegadas, la requirente acompaña la
siguiente documental: título de propiedad del mencionado automotor acreditando de tal
forma su calidad de propietaria; certificado de las actuaciones ante la Comisaría N° 23
de la Policía de la Ciudad; póliza del seguro contratado con la compañía “San
Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales“ de la que se desprende que no
poseía cobertura por daños parciales provocados por accidentes a la fecha del
siniestro con excepción de aquellos sufridos en “parabrisas y luneta“; presupuestos;
fotografías; y con posterioridad agrega la carta documento de la aseguradora
informando que el siniestro en cuestión no configura un supuesto de destrucción total;
Que la Dirección General de Defensa Civil informa: “...el día 05/10/2017, siendo
aproximadamente las 01:45 horas, personal del área operativa se constituye en la
calle Juncal al 4500, constatando un árbol de gran porte caído sobre el vehículo marca
Ford, modelo Fiesta, dominio MJE 390, con aparentes daños en techo, baúl, cristales y
ambos laterales...“.
Que solicitada la intervención de la Dirección General de Gestión de la Flota
Automotor, dependiente del Ministerio de Hacienda, emite un informe detallado al
respecto y considera que los presupuestos obrantes presentados para la reparación se
encuentran elevados;
Que, por lo tanto y de acuerdo a antecedentes obrantes en esa Dirección General, se
determina que el monto total de las reparaciones ascendería a la suma de pesos
ciento catorce mil con 00/100 ($114.000) según los valores corrientes de plaza a la
fecha del siniestro, ello descontando los costos de la luneta y su colocación, porque
habrían sido cubiertos por su aseguradora “San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros
Generales“;
Que en ese estado se remiten las actuaciones a consideración de la Procuración
General, órgano que con fecha 22/03/2018 emite el pertinente Dictamen Jurídico;
Que allí, a los fines de analizar acabadamente el sub-examine, con carácter preliminar
se estima necesario efectuar algunas consideraciones acerca de la normativa de
aplicación en materia de responsabilidad del Estado con motivo de la entrada en
vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación a partir del 1/08/15, de conformidad
con lo establecido por Ley 27077 (BO 19/12/14);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5366 - 04/05/2018

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