Resolución Comunal N° 10865808/COMUNA13/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición19 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 10.865.808/COMUNA13/21
Buenos Aires, 8 de abril de 2021
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Código de
Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 1.777, N°
6.269 y N° 6.292 (Textos Consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos N° 453-
AJG/12, N° 463-AJG/19 y Nº 26-GCABA/21, la Resolución Nº 34-GCABA-
SECACGC/21 y el Expediente Electrónico N° 06281214-GCABA-DGCCT- 2021, y
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 104
inciso 21, establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo, la de otorgar
permisos para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén
sujetas al poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que, asimismo, en su artículo 127 -y subsiguientes- consagra a las Comunas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires como unidades de gestión política y administrativa
con competencia territorial que ejercen funciones de planificación, ejecución y control
en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno central respecto a las materias que
sean de su competencia;
Que, asimismo, el artículo 128 establece que las Comunas ejercen funciones de
planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de
la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que, la Ley N°1.777 es la norma orgánica de las comunas y define su naturaleza
jurídica como “unidades de gestión política y administrativa descentralizada”;
Que, el artículo 11 de la Ley N° 1.777, en consonancia con lo dispuesto por el artículo
128 de la Constitución de la Ciudad, establece dentro de las competencias
concurrentes de las Comunas y del Poder Ejecutivo “(...) c. La fiscalización y el
ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos,
suelo (...)”;
Que mediante la Resolución N° 34-GCABA-SECACGC/21 se aprobó el
"Procedimiento para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el
emplazamiento de puestos de flores”, el cual establece que los permisos para el
emplazamiento de puestos de flores serán otorgados por un plazo de dos (2) años;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con
carácter precario, personal e intransferible;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública
concede en ejercicio de sus poderes de policía del dominio público, llevando implícita
la condición de ser en todo momento compatible con el interés público y, por
consiguiente, pasible de ser otorgado o revocado en razón de oportunidad, mérito o
conveniencia, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, conforme lo
dispuesto por el Capítulo 11.6 del Código de Habilitaciones y Verificaciones (Texto
Consolidado por Ley Nº 6.347);
Que, por el expediente citado en el Visto, el señor Ivaldi Jose Rodolfo, DNI N°
16.040.011, CUIT N° 20-16040011-1, solicita la autorización para la instalación de un
Puesto de Flores, sobre la acera de la avenida Cabildo frente al Nº 2193.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6102 - 19/04/2021

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