Resolución Comunal N° 10777304/COMUNA13/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 10.777.304/COMUNA13/19
Buenos Aires, 8 de abril de 2019
VISTO: El Expediente Electrónico EX-2019-09021007- -GCABA-COMUNA13 y la Ley
1777, los Decretos N° 453/12 y Decreto N° 472/13, Ordenanzas Nº 33.581 (Texto
Consolidado Ley 5666) y 33.721 (Texto Consolidado Ley 5666); Ley Nacional 11843 y
la Resolución Nº 446/MJGGC/2016 y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio
sito en la calle Conesa 1215;
Que con fecha 1 de febrero de 2019, inspectores de la Comuna 13 se constituyeron en
el inmueble a efectos de verificar las condiciones de higiene y salubridad del lugar y
labraron el Acta de Intimación Nº 2/2019 por haber verificado la falta de higiene,
siendo un sitio propicio para el anidamiento y proliferación de roedores, insectos y
alimañas;
Que con fecha 21 de marzo de 2019 los inspectores de la Comuna 13 se constituyeron
nuevamente en el lugar a fin de verificar el cumplimiento de la intimación, constatando
que las tareas solicitadas por medio de la misma no fueron realizadas, y en
consecuencia labraron el Acta de Comprobación 506058;
Que el artículo 10 de la Ordenanza 33.581 (Texto Consolidado Ley 5666) establece
que "todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente
descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas
condiciones de higiene, salubridad y estética...";
Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde
intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez (10) días de
notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización,
desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos
del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento
de cumplimentarlo bajo su costo.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1510/97 y la normativa
ut supra mencionada,
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL DE LA COMUNA 13
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
Artículo 1°.- Intímese a READ SEA INVESTMENTS INC, CUIT 33-70750432-9 y/o Sr.
Propietario del inmueble sito en la Conesa 1215 de esta Autónoma de Buenos Aires,
para que en el plazo de diez (10) días de notificada la presente, proceda a realizar la
desratización, desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en
desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda,
bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos
mencionados por la administración y a su costa, conforme lo dispuesto por el artículo
10 de la Ordenanza Nº 33.581 (Texto Consolidado Ley 5666).
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5610 - 06/05/2019

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